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Elecciones judiciales

Antonio Costas: “Está permitido el acompañamiento ciudadano”

• La autoridad electoral informó a EL DIARIO que “no hubo solicitudes de acompañamiento y observación electoral nacional”, es decir, ninguna organización ni colectivo ciudadano se acreditó


VOCAL ANTONIO COSTAS.
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El 3 de diciembre, día de las elecciones judiciales, los ciudadanos pueden realizar un acompañamiento en el proceso de votación, como una suerte de vigilancia a la jornada electoral, informó ayer a EL DIARIO el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas.

En ese marco, la autoridad electoral aclaró que esa posibilidad no significa que la entidad otorgue acreditaciones o permisos para que las organizaciones políticas, sociales o colectivos ciudadanos hagan un “control social” ya que esa figura no establece la norma.

“La acreditación para control social no existe, pero puede haber un acompañamiento ciudadano en las elecciones judiciales”, afirmó Costas.

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El martes, representantes de varios colectivos ciudadanos anunciaron que se organizarán para realizar un control electoral en las elecciones de altas autoridades al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional. El objetivo, evitar que se registre alguna irregularidad en el escrutinio de la votación.

“Nos estamos reuniendo los colectivos para organizarnos y realizar un control electoral el día de sufragio, con la finalidad de evitar que el Tribunal (Supremo Electoral) nos quite la victoria”, afirmó Iván Arias, miembro del colectivo ciudadano 21F.

Además, pidió que los partidos políticos de oposición se sumen a este control, para trabajar de manera coordinada entre ambos sectores para realizar un trabajo efectivo que genere seguridad a la población de que su voto será respetado.

TSE

Al respecto, el vocal Costas precisó que la ciudadanía puede realizar un control ciudadano en el proceso electoral, pero aclaró que no existe ninguna acreditación para el “control social”.

“Las organizaciones sociales como todos los ciudadanos se pueden presentar en las mesas y participar de la votación y en la tarde, también, pueden acompañar el cómputo. Pero no existe la acreditación ciudadana ni la de control social”, manifestó Costas.

CONTROL CIUDADANO

Por lo tanto, existe la posibilidad de realizar un “control ciudadano” en el proceso electoral, pero el TSE rechazó la solicitud de “control electoral” a los colectivos ciudadanos porque la naturaleza de este proceso electoral, no es político, según declaraciones de las autoridades electorales.

La preocupación de los activistas por el voto nulo, según declaraciones, pasa por cuidar la votación de los ciudadanos que no están de acuerdo con esta elección judicial, ya que existe desconfianza y su objetivo era controlar el momento del escrutinio y cómputo de cada mesa de sufragio.

Según el artículo 22 de la Ley 018 del Órgano Electoral, los colectivos ciudadanos podían haberse cobijado en las atribuciones del TSE porque tenía la posibilidad de acreditarlos bajo la siguiente modalidad: “Invitar y acreditar misiones nacionales e internacionales de acompañamiento electoral para los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato de alcance nacional, departamental, regional y municipal”.

Este medio consultó al vocal Costas si se habían acreditado algunas organizaciones sociales o colectivos ciudadanos para realizar esta tarea y afirmó que “no hubo solicitudes de acompañamiento y observación electoral nacional”.

Por lo tanto, el día de las elecciones judiciales, 3 de diciembre, los ciudadanos pueden observar y acompañar este proceso electoral en todo su desarrollo, desde la apertura de mesas de sufragio hasta el cómputo de los votos emitidos en cada uno de los recintos electorales.

 
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