Código penal
La presidenta de la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, Susana Rivero, aclaró que la figura penal de proxenetismo no fue eliminada del proyecto de ley de Código del Sistema Penal y aseguró que todos los delitos y faltas que están tipificados en el Código Penal vigente fueron recogidos en el nuevo documento pero bajo otros nombres.
“El proxenetismo está, por supuesto; es una infracción, es una conducta que no debe ser ni fomentada, y por supuesto que merece castigo, (...) no se llaman propiamente igual que ahora, pero todas las conductas están recogidas en estos tipos penales”, explicó, citado en un boletín de prensa.
Por otro lado, informó que se excluyó al proyecto de ley la figura de la bigamia, porque no pretenden meterse “con las familias ahora que está tan sensible el tema de los valores familiares”.
Sobre el primer punto, Rivero dijo que todo lo referido al proxenetismo está en el Segundo Libro del Código del Sistema Penal, en el cual se sanciona los crímenes y delitos contra la dignidad y la libertad, entre los que se encuentran los crímenes contra la libertad sexual; violación; violencia sexual comercial; pornografía de niños, niñas y adolescentes y explotación sexual.
Además, los delitos contra la dignidad y la libertad; acoso a niña, niño o adolescente; racismo y discriminación; incitación al racismo; uso indebido de imágenes ajenas; delitos contra la libertad y la voluntad individual; privación ilegal de libertad; y delitos contra la integridad física, psicológica y sexual, entre otros.
Remarcó que todos los agravantes a estos crímenes y delitos son cuando se cometen contra menores de 14 años.
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