Ecuador
• La autoridad fue sentenciada a seis años de prisión por recibir presuntos sobornos en el caso Odebrecht
Quito.- El Consejo de Administración Legislativa (CAL) del Parlamento ecuatoriano informó ayer tramitar la petición de que se celebre un juicio político contra el vicepresidente sin funciones de Ecuador, Jorge Glas, sentenciado a seis años de prisión dentro de la trama de corrupción de Odebrecht.
Tras la decisión del CAL, un órgano de control del Legislativo, se remitirá el expediente a la Corte Constitucional, cuyo dictamen se enviará a la comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional (Parlamento) para continuar con el trámite legal correspondiente.
El pasado miércoles, un tribunal de primera instancia en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) condenó, por presunta asociación ilícita en el marco del caso de Odebrecht, a seis años de prisión a Glas, quien recurrirá la decisión.
JUICIO POLÍTICO
En la sesión de ayer hubo «humo blanco» y se admitió el juicio político con «cuatro votos a favor (con mi voto) y 0 en contra», escribió en Twitter el asambleísta de oposición Luis Fernando Torres.
La admisión a trámite es un «gran logro de la oposición», según el asambleísta centroderechista Patricio Donoso, quien detalló que además, del suyo y el de Torres, los votos a favor hoy los dieron José Serrano y Carlos Bergmann, mientras que estuvieron ausentes, Soledad Buendía, Viviana Bonilla y Verónica Arias.
Poco antes de conocerse la decisión del CAL, la oficialista Soledad Buendía, se retiró de la reunión en la Asamblea, donde ya en julio pasado se archivó un pedido de juicio político planteado contra Glas por considerarlo presunto responsable político de hechos ocurridos en los sectores estratégicos cuando los dirigía.
«Me retiro de sesión del Cal manifestando mi oposición al juicio político a Jorge Glas no se cumplen los requisitos del Art. 129 de la Constitución. No puedo legitimar con mi presencia una injusticia», informó en su perfil de Twitter.
CAUSALES
Dicho artículo identifica tres causales para un juicio político contra el presidente o vicepresidente del país: delitos contra la seguridad del Estado, delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
Además, por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.
Para Eduardo Franco Loor, abogado de Glas, lo ocurrido en el CAL refleja un «protervo entramado político» pues el delito de asociación ilícita «no es causal de juicio político» por lo que opinó que el Consejo de Administración obró «inconstitucionalmente». (EFE)
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