Carlos Mesa
• La UMSA enviará un memorial al TSE para que haga cumplir los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016. • El artículo 168 de la CPE establece que el Presidente y Vicepresidente pueden ser reelectos por una sola vez consecutiva.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) como Órgano estatal independiente de los otros, debe aplicar el resultado del referéndum constitucional del 21 de febrero de 2016 y el momento de aplicar dicho artículo y ponerlo en ejecución, es en las elecciones de 2019 cuando Evo Morales intente postularse nuevamente a la Presidencia, afirmó el expresidente Carlos Mesa.
“(Los resultados del referéndum) solo se aplican en el momento en que el artículo 168 (de la Constitución Política del Estado) se pone en ejecución, y el artículo 168 se pone en ejecución en las elecciones de 2019 que impiden la postulación del presidente Evo Morales”, sostuvo el exmandatario y vocero oficial de la Demanda Marítima.
SENTENCIA
El MAS interpuso una acción de inconstitucionalidad abstracta al Tribunal Constitucional y pidió con el argumento del cumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos, declarar inaplicables cuatro artículos de la CPE, entre ellos, el 168 que limita la repostulación al cargo de Presidente y Vicepresidente por una sola vez.
El TCP emitió una sentencia favorable a los intereses del MAS y Evo Morales.
En ese marco, días atrás el vicepresidente Álvaro García, dio por hecho que el presidente Evo Morales será candidato en las elecciones presidenciales de 2019; que el Gobierno respeta el resultado del 21 de febrero y que el artículo 168 de la CPE está plenamente vigente.
En ese sentido, subrayó que el Órgano Electoral de acuerdo a la Ley del Régimen Electoral tiene la competencia de organizar, administrar, ejecutar y proclamar los resultados de los procesos electorales y referendos, pero que el cumplimiento de estos es atribución de la Asamblea legislativa.
«El Órgano Electoral llevó adelante, administró y remitió a la Asamblea los resultados, el resultado (es que) la gente rechazó la modificación del art. 168. ¿Qué ha hecho la Asamblea? simplemente mantener el art. 168 de la Constitución Política del Estado.
En consecuencia «el resultado del referendo está vigente y es vinculante, porque sigue presente en la Constitución. La respuesta del Tribunal Supremo Electoral es muy contundente y muy claro y muy institucional», ratificó.
MESA SOBRE TSE
En ese marco, a la pregunta: ¿El TSE debe hacer respetar el resultado del referéndum? el expresidente, Carlos Mesa, dijo que como órgano estatal independiente, debe hacer cumplir los resultados de la consulta.
“En mi opinión sin ninguna duda, en mi opinión el Tribunal Supremo Electoral es un poder del Estado, un poder con igualdad de condiciones que el Ejecutivo Legislativo y Judicial. Ese poder del Estado que administró y dio por válido el resultado del referéndum del año pasado, tiene que aplicar el referéndum (del 21 de febrero)”, afirmó Mesa.
FALLO DEL TCP
Sobre la postura del Gobierno en relación al fallo del TCP que dio por hecho una tercera repostulación continua de Evo Morales, basados en el artículo 256 de la CPE que dice que los tratados internacionales en materia de derechos humanos están por encima de la propia CPE, Carlos Mesa, desechó la explicación de García.
“Esa explicación es un sofisma porque los acuerdos internacionales por supuesto en nuestro ordenamiento jurídico están por encima de la Constitución, pero nuestros gobernantes saben perfectamente que el artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos está pensado planteado en su espíritu y su filosofía para defender a los ciudadanos del poder, para generar la seguridad de que los ciudadanos no van a ser vulnerados en sus derechos de elegir y ser elegidos. No está pensado en ningún caso para los poderosos y por esa razón la mayor parte de las constituciones de América Latina tienen artículos constitucionales que no vulneran el espíritu del artículo 23 que establecen limitaciones a la reeleción por una sola vez”, explicó Mesa.
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