Como el discurso del presidente Evo Morales del día 22 de los corrientes en la Asamblea Legislativa no mencionó la abrogación del Código del Sistema Penal (CSP) que dispuso poco antes, ni se refirió al insistente pedido de respeto al 21F, da pie a tocar el tema de la abrogación de la ampulosa Ley 1005. Su Gobierno se vio acorralado por las movilizaciones de los más diversos sectores por la abrogación, y hasta temió una desestabilización. No tuvo otro camino que deshacerse de dicha ley, pero no sin caer en una terrible defección, inédita a nivel mundial. En efecto, nunca un gobierno tuvo que tomar una decisión de tanta importancia, dejando sin efecto un cuerpo íntegro de su autoría y nada menos que un Código. Mal que nos pese, se proyecta una mala impresión ante los gobiernos del exterior y ante la opinión pública a nivel internacional.
Es notorio que este Gobierno trata de imprimir originalidad en todos sus actos y en ese tren optó por juntar tres cuerpos legales distintos en un solo Código, esto es: el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y la Ley de Ejecución de Penas. Ante este excesivo complejo, las mayores exigencias de revisión de los sectores inciden en lo relativo a las penas y a las sanciones (Código Penal) y no así al Procedimiento Penal o trámite de los juicios respectivos, reformas judiciales, etc. De haberse conservado estos cuerpos separados, al presente habría podido ser salvada la parte procedimental, menos observada que el resto.
Este cuadro no abona positivamente por los presidentes de Diputados y Senadores, porque al fin y al cabo de ellos dependía el proceso de aprobación del CSP, la falta de socialización y la debida pausa o la prisa final de la sanción legislativa. En especial, la presidenta de Diputados se mostró radical en la defensa del caso y aseguró que no se modificaría ni una coma del texto aprobado. La instrucción de abrogación del Primer Mandatario es una desautorización y un mandato -más aun tratándose del líder del Cambio- exponiendo a una renuncia a Gabriela Montaño o llevarla a no aceptar su ratificación en el indicado cargo.
En contrapartida a la amarga decisión, se emplaza a los partidos de oposición a presentar un código alternativo. Ningún partido político dispone de un equipo de juristas –como tampoco de cuadros calificados- capaz de emprender la tarea de desentrañar nada menos que 700 artículos. La mentalidad oficialista es que las organizaciones reclamantes se tomen la libertad de modificar los artículos que observaron.
Por ese camino la ley penal perderá su carácter defensivo de la sociedad y se convertirá en una especie de parapeto y lotería a favor del abuso impune de los grupos, conforme a sus conveniencias particulares. Frente a ese extremo un Código del Sistema Penal está demás y volvemos a la tribu y al ¡sálvese quien pueda! Lo correcto es que una comisión de juristas entendidos, con las Universidades y los Colegios de Abogados, más una representación legislativa, asuma la necesaria revisión.
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