Desde la tierra
En los últimos festejos del aniversario cívico cruceño, el alcalde Percy Fernández aparecía en la prensa local con un cigarrillo a medio consumir en su mano. ¿Puede una autoridad fumar en un recinto público, de acuerdo con la normativa vigente en Bolivia? Hace muchos años que la frase tanguera “fumando espero” o “fumar es un placer” ya no se aplica en diferentes espacios en este país y en todo el mundo.
Pensé que era un error y que se habría aclarado en los niveles correspondientes o quizá a través de una llamada de atención. Sin embargo, en medio de la bochornosa sesión de insultos contra los gremiales, vi otra vez una imagen del mismo alcalde con la misma mano fumando un pucho.
Mientras la ministra Ariana Campero Nava recibe loas de los militantes del Movimiento Al Socialismo (MAS), no se percata que la actual normativa contra el consumo de tabaco no se cumple en el Estado Plurinacional. Campero es tan pasiva en este tema como en los otros.
Los intentos para regular el consumo de cigarrillos y su publicidad llevan décadas y en Bolivia desde los años ochenta se emitió leyes y decretos específicos. En 2005, el país se adhirió al Convenio Marco para el Control del Tabaco, firmándolo en 2004 y luego con la Ley 3.029 de 22 de abril de 2005.
Dos años más tarde, el presidente Evo Morales firmó el DS 29.376 para reglamentarla. Ahí se señala que: “el fumar y el humo de los productos del tabaco son una grave amenaza para la salud de los individuos no fumadores expuestos a este humo (…). “Se prohíbe fumar en dependencias de toda Institución pública”.
En mayo del año pasado, la responsable departamental en Santa Cruz en aplicar las campañas antitabaco, Iracema Justiniano, se lamentaba por el poco cumplimiento de la norma y que las instituciones públicas y privadas no colocan el cartel de “prohibido fumar”. A nivel local, debería ser el Gobierno municipal el principal responsable, pero qué sucede si su principal autoridad fuma y fuma.
Entre las sanciones se establece que “en caso de servidores públicos, las infracciones al presente Reglamento implicarán responsabilidad administrativa, de acuerdo con la Ley N° 1.178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales”. En 2009, cuando se difundía este Reglamento, el entonces ministro de Salud, Ramiro Tapia, declaró que se podría considerar la exoneración de su cargo a los infractores.
Un famoso fumador, con las fotos más icónicas de su carrera política unido a un puro, Fidel Castro, se abstuvo de fumar en público- aparentemente también en privado- para unirse a la campaña mundial; un gesto noble porque Cuba exporta los mejores puros- habanos- del mundo.
En el otro extremo, Barak Obama, anunció antes de asumir la Presidencia de Estados Unidos que dejaba el cigarrillo para cumplir con el compromiso de su país con la Organización Mundial de la Salud.
En Bolivia, ni el presidente ni el vicepresidente cumplen la Constitución que juraron respetar, ni el alcalde de la mayor ciudad da ejemplo para un tema de salud pública y cada vez menos ciudadanos cumplen las reglas de convivencia.
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