El Tribunal 8vo de Sentencia mañana instalará el juicio oral en contra del expresidente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Guillermo Achá, proceso declarado de carácter privado por delito de injurias instaurado a denuncia de Paola Andrea Oporto, exgerente de contrataciones de la estatal petrolera.
“La licenciada Oporto inició un proceso penal de acción privada en contra del señor Guillermo Achá por el delito de injurias, ese proceso se va a instalar el día jueves 22 de febrero (...). Él (Achá) señaló que la licenciada Oporto se habría reunido con personas que estaban involucradas en el caso taladros y que habían irregularidades en las que participó mi defendida”, explicó ayer a EL DIARIO, Roger Valverde, abogado de la exgerente de contrataciones en YPFB, Paola Oporto.
El abogado anunció que presentarán pruebas escritas de las declaraciones que hizo Achá en la gestión pasada en relación al caso de las supuestas irregularidades en la adjudicación de contrato para la compra de tres equipos de taladros a la empresa italiana Drillmec.
En esas declaraciones, Achá comprometió a Oporto y señaló que ella tendría algún tipo de relación con las personas procesadas y que le extrañaba por qué no fue aprehendida por la Fiscalía.
A raíz de estas declaraciones, Oporto inició esta denuncia por delitos contra el honor, cuyo proceso será instalado el próximo jueves.
Por su lado, Héctor Castellón, abogado del expresidente de YPFB, observó la realización de este juicio argumentando que en el caso taladros, tiene una prohibición para realizar otra acción legal que puede ser tomada como obstaculización a la investigación.
En su criterio, la Fiscalía debe tomar conocimiento de estas acciones y hacer respetar los derechos de su cliente, pues la denuncias por injurias, afirma, estaría sustentada en la declaración informativa del expresidente de YPFB.
“Entonces, en qué queda el derecho de que nadie puede ser juzgado ni condenado por sus propias declaraciones”, cuestionó Castellón.
Al tratarse de un juicio de orden privado, en este caso no existe la participación de la fiscalía y no existen sanciones con privación de libertad, dejando sólo como sanción, la retractación.
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