Gobernación ampliará hogares
La Gobernación de La Paz ampliará sus albergues para acoger a niñas, niños y adolescentes y dejen de vivir en las cárceles, anunció ayer el Director del Servicio Departamental de Gestión Social, (Sedeges), Mario Cáceres.
“Nosotros, como Sedeges, debemos dar cumplimiento a la ley. En este momento no hay condicione, pero vamos a mejorar las infraestructuras para brindar una protección integral a estos niños que están viviendo en los centros penitenciarios. No es bueno que nuestros niños estén viviendo en las cárceles”, sostuvo el funcionario del Sedeges.
La autoridad departamental señaló que en las Casas de Acogida residen menores, inclusive de meses y recién nacidos, y se quedan hasta que son adolescentes, ya que nadie reclama por ellos.
“Si el padre o la madre está privado de libertad, se debe buscar a la familia extendida. Este es un aspecto que debe fortalecerse”, agregó Cáceres.
La Gobernación de La Paz tiene 35 Casas de Acogida a cargo de niñas, niños, adolescentes y personas de la tercera edad.
LEY PERMITE NIÑOS
En diciembre de 2016, internos del penal de San Pedro de La Paz solicitaron a las autoridades de Régimen Penitenciario analicen opciones de mejorar la permanencia de menores en las cárceles, de manera especial aquellos que no tiene familia extendida o que ésta se desentiende de los niños.
Otro argumento formulado por los privados de libertad tiene que ver con la pobreza y extrema necesidad, a pesar de que los menores cuenten con familiares éstos viven en el área rural.
La Ley de Ejecución Penal y Supervisión N° 2298/01, en su artículo 26 (Padres y madres privados de libertad), señala que los menores de seis años podrán permanecer en el recinto penitenciario siempre que éste tenga la tutela del menor.
Esta misma normativa dispone que la permanencia de los menores en los centros penitenciarios se cumplirá en guarderías expresamente destinadas para ellos.
La disposición legal establece también que debe ser la administración penitenciaria la instancia encargada de otorgar las facilidades necesarias para que los hijos de las personas privadas de libertad los visiten y estrechen sus vínculos paternos filiales.
El Código Niño Código Niña, Niño y Adolescente (Ley 548), de julio de 2014, establece que de manera (…excepcional) la niña o niño que no alcanzó seis años de edad podrá permanecer con su madre, pero en ningún caso en los establecimientos penitenciarios para hombres. En espacios aledaños a los centros penitenciarios para mujeres deberá habilitarse centros de desarrollo infantil o guarderías".
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