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[Luis Aguilar]

Solución a un problema de Cossmil


Los jubilados dependientes del sistema militar continúan con un serio problema, respecto a los beneficios dispuestos por el Decreto Ley Nº 11.901 de 1974. Esa preocupación está supeditada, según un estudio actuarial, a la elevación del aporte de los mismos, lo que va en contra de las rentas que perciben.

El estudio mencionado disponía que el aporte del sector pasivo debía ser el 8,04% mensual, sobre el total de las rentas, para mantener vigente el capital asegurado de acuerdo con normas legales; éste consiste en conceder a la familia del fallecido 30 rentas, en el caso de jubilados y 30 sueldos en el caso de activos. En esta nota nos ocuparemos exclusivamente de los jubilados, quienes deben aportar el porcentaje indicado, pero un alto funcionario de la HJD decidió reducir esa prima a 5,74%, tratando de que éstos acepten el descuento, negado en todos los niveles. A esta altura, uno se pregunta: ¿Una autoridad puede mover los aportes sin un estudio previo?, esto normalmente es una aberración que menoscaba la realidad y mantenimiento del beneficio. Los jubilados no aceptaron el descuento y menos imposiciones sin sentido.

Tuve la suerte de reunirme con varios militares jubilados y les expuse ideas sobre cómo resolver la situación por la que atraviesan, respecto al capital asegurado; creo que me entendieron ampliamente y me propuse exponerlas públicamente.

Primero, los jubilados dentro del sistema anterior a la capitalización individual están muy ilusionados por alguna mención que hicieron autoridades del gobierno sobre la eliminación del tope de rentas, cuando propusieron en cierta oportunidad que éste se levantaría. Estos ofrecimientos fueron realizados constantemente desde hace varios años y nunca se cumplieron, así que seguirán ilusionados de por vida. En este punto hay que hacer hincapié en que hay jubilados de primera y de segunda clase, ya que los actuales reciben el 96% del promedio salarial de 60 sueldos, mientras que los anteriores solo están supeditados al tope dictado por el gobierno en 2005.

Ahora bien, mi propuesta es interpretar en todo su alcance el artículo 114º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA), que dice: “El personal militar que sufriera enfermedades o accidentes de trabajo que lo imposibiliten de continuar en servicio, percibirán el 100% del haber del grado hasta alcanzar los años necesarios para tener derecho a la renta de jubilación y demás beneficios, en el presupuesto correspondiente a cada Fuerza”.

Según normas, el militar está en permanente riesgo y todo está cubierto por su seguro de salud, por lo tanto, el aporte del 1,71% por riesgo profesional y 1,71% por riesgo común deben pasar como depósito a Cossmil con el fin de solventar el déficit en el rubro correspondiente en un 3,72%, debiendo figurar como aporte de los jubilados, más el 2% que se les descuenta actualmente y un 2% indebidamente aportado para el seguro de salud. El total debe corresponder a solventar el capital asegurado. En cuanto a salud, según ley deben aportar 3%, como todos los jubilados del país; actualmente aportan 5%, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 24.668, que está por debajo de la ley. En consecuencia, si sumamos el 2% que actualmente se descuenta, más 3,72% de los riesgos previsionales y el 2% transferido de salud, los jubilados tendrían un ingreso total para cubrir el Capital Asegurado de 7.32%.

Tal vez quieran referirse a que esos aportes no pueden ser transferidos, sin embargo el Estado dispone que un porcentaje de los recursos por riesgos previsionales sea para incrementar rentas al sector de los jubilados en el sistema integral de pensiones. Entonces, por analogía, se podrá disponer del indicado porcentaje para dar solución al problema de los jubilados de Cossmil, de los que además muchos no tienen incremento cuando llegan al tope, por lo tanto, en este problema serán beneficiados activos y pasivos. Teniendo en cuenta que los actuales activos mañana serán pasivos y tropezarán con las mismas dificultades o aceptar lo que piensan las autoridades, “o suben los aportes o se anula el beneficio”.

Bien, del análisis resulta que los aportes para ese rubro (RP y RC), tienen una acumulación interesante que no son usados para el efecto ni en el 0,001% por el sector militar.

Este sencillo planteamiento solo debe tener un estudio de sustentación, el mismo que podría cubrir dicho beneficio por más de 30 años y, por otra, este pequeño estudio considerará un pago por sepelio en una cantidad de 6 mínimos nacionales para el titular y 5 para la viuda y finalmente 4 para cada hijo menor de 25 años.

Es hora de dejar a un lado la tozudez y alegrémonos por dar una solución correcta y de gran beneficio para los asegurados.

 
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