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Pese a prohibición del Código de Tránsito

Decomiso de placas de vehículos privados con inclusión de multas


Propietarios de vehículos particulares expresaron a EL DIARIO su protesta por el decomiso arbitrario de placas de parte de los funcionarios municipales en la ciudad de La Paz, a lo que añaden multas. Consideran que es un abuso de las autoridades, pese a estar prohibida aquella acción por el Reglamento del Código de Tránsito.

Al respecto, funcionarios de la Alcaldía explicaron que esta tarea se cumple en coordinación con el ente impositivo, en diferentes puntos de la urbe paceña, con el objetivo de que los contribuyentes con mora cumplan con el pago de sus impuestos.

El jueves pasado, en la zona sur de la capital, EL DIARIO evidenció que los funcionarios municipales procedieron a detener a varios conductores de vehículos particulares, para luego decomisarles las placas de sus vehículos.

La norma condena esos extremos y señala que basta con otorgar una boleta de infracción al conductor del motorizado para que pague la multa en una entidad bancaria o asumir responsabilidades en las oficinas de Tránsito, si la infracción está ligada a accidentes de tránsito, conducción en estado de ebriedad, falla mecánica u otra infracción.

En la Dirección de Recaudaciones se informó que se procedió a decomisar las placas de algunos vehículos, cuyos propietarios no pagaron sus impuestos.

Explicaron que, de la misma manera, fueron retiradas las placas que aún no iniciaron el proceso de cambio de radicatoria a La Paz y tampoco las placas antiguas.

Los operativos realizados en diferentes puntos de la ciudad de La Paz buscan que los contribuyentes pongan al día sus adeudos tributarios, en cualquiera de los 200 puntos de pago habilitados, tanto en bancos como en entidades financieras.

Los contribuyentes pueden conocer el monto del impuesto a su vehículo con la presentación del número de placa o el número de póliza en el ex Banco del Estado, llamando al teléfono 2112727, en horarios de oficina, y consultando el sitio Internet www.rua.gov.bo.

CÓDIGO DE TRÁNSITO

En el artículo 76 del Código de Tránsito se establece que “todo conductor tiene el derecho de transitar libremente con su vehículo por las vías públicas del territorio boliviano y ninguna persona natural o jurídica podrá interferir el ejercicio de este derecho sin causal justificada, salvo las excepciones establecidas por el Código Nacional de Tránsito y su Reglamento”.

En tanto, en el Capítulo V, artículo 332 se establece que “ningún vehículo podrá circular en el territorio nacional sin placas colocadas en lugar visible y que correspondan a la serie distintiva del tipo del vehículo, y de la clase de servicio a que está destinado”. Añade que en ningún caso puede decomisarse la placa de circulación.

Finalmente, el artículo 349 advierte que “todo vehículo que sea sorprendido en la vía pública, circulando o estacionado, sin llevar las placas correspondientes o que lleve placas que no le correspondan, será inmediatamente retirado de la circulación”.

 
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