TED debe subsanar “algunas observaciones”
• TED de La Paz informó que por instrucción del ente electoral se anula toda la resolución que habilitaba el proceso de revocatoria hasta los libros donde se recolectan firmas
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió al Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz que subsane “algunas observaciones” del proceso de solicitud de revocatoria contra el alcalde Luis Revilla, por lo que anularon “hasta el vicio más antiguo”, o sea hasta el informe del Secretario de Cámara. Es decir, que el pedido de revocar al burgomaestre paceño aún no se anuló informó a EL DIARIO el presidente del TED, Antonio Condori,
“Ahora, en este marco, lo que nos toca a nosotros es cumplir la resolución 0011/2018 emitida por el Tribunal Supremo Electoral, que anula hasta el vicio más antiguo que se constituye en el informe 020/2018 del Secretario de Cámara”, informó Condori.
El miércoles 7 de febrero, el TED La Paz informaba que se había aprobado la iniciativa popular de revocatoria de mandato contra el alcalde paceño Luis Revilla y líder de la agrupación ciudadana Soberanía y Libertad (Sol.bo). Sin embargo, el 9 de marzo, el asesor jurídico del Gobierno Municipal de La Paz anunció que el TSE había anulado el proceso de revocatoria contra el Alcalde; aspecto que está aún por dilucidarse.
Asimismo, se dispuso que sea anulado todo el proceso de dotación de libros para la recolección de firmas.
Dicho proceso comprende la aprobación y habilitación para adquirir los formatos que debían ser aplicados en la impresión de los libros, la imprenta a ser contratada tenía que ser verificada por el ente electoral y previo a la recolección de firmas y huellas debían capacitarse el promotor y su equipo técnico en la misma entidad electoral.
Asimismo, según la información proporcionada por la autoridad electoral local, también se anulará el informe del Secretario de Cámara quien debe pedir al solicitante que pidió la revocatoria que subsane las observaciones en el trámite. Este proceso fue identificado por el TSE como “actividad procesual defectuosa”.
“Corresponde anular obrados, incluso es hasta la resolución que emite el TSE número 011/2018, todos los actos, desde la resolución 0029/2018 del TED La Paz, también se estarían anulando las firmas que habían recolectado o recabado los promotores en la ciudad de La Paz, es decir se debe corregir esta ‘actividad procesual defectuosa’ que habría identificado el TSE”, explicó Antonio Condori.
Por lo tanto, se elevará un informe de observación de los solicitantes que lo hicieron de forma individual, para que estos en un plazo otorgado por el TED La Paz, puedan corregir.
Sin embargo, se le consultó si estos actos de anulación no estarían yendo en contra de algunos ciudadanos que ya se hubiesen adherido, es decir, si no se estaría vulnerando su derecho a elegir, ante lo cual la autoridad dijo que se remitió a que como ente electoral local solo le queda acatar las resoluciones que emana la máxima autoridad del Órgano Electoral Plurinacional (OEP).
“El TSE es la máxima autoridad del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), quienes tienen sus atribuciones y competencias, de acuerdo a la Constitución y otras leyes, es en ese marco de atribuciones que el TSE anuló la resolución 0029/2018 del 7 de febrero emitida por el TED La Paz”, afirmó.
Mientras que EL DIARIO buscó a las autoridades del TSE para nutrir mejor la información, en ese ínterin se contactó con una de las siete autoridades que dijo que aún está en tratamiento dicho tema, por lo que no corresponde aún emitir opinión, porque podría ser sujeto a una recusación por una de las partes.
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