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Mayoría de procesos penales se aplica por denuncia


De acuerdo con el libro “Reforma Procesal Penal y Detención Preventiva en Bolivia” realizado por las instituciones Fundación Construir, Naciones Unidas, Derechos Humanos, entre otras, se establece que desde 2008 al 2010, se incrementaron los procesos por denuncia antes que por intervención policial.

“La denuncia realizada ante el fiscal es uno de los medios más frecuentes para solicitar la intervención del Ministerio Público, en la persecución penal, seguida de la intervención policial preventiva, tratándose de denuncias que son comunicadas al fiscal de turno para su tratamiento y conducción por parte de la Policía, entidad que tuvo conocimiento del hecho”, indica el artículo.

CIFRAS DE CASOS

De acuerdo con un cuadro de casos atendidos de acción directa se tiene los siguientes datos elaborados por la Fundación Construir, de acuerdo a las cifras proporcionadas por el propio Ministerio Público. El 2008 el 4% es de intervención policial, el 4% de oficio, y 9% corresponde a querellas, mientras que el 83% representa los casos atendidos por denuncia.

El 2009 el 8% corresponde a intervención policial, el 2% por oficio, 8% mediante querella y un 82% de los casos procesales surgen por denuncia.

El 2010 el 9% se los casos se deben a intervención policial, el 2% de oficio, 9% por querella y un 80% de los procesos por denuncia.

Una de las primeras conclusiones identificadas en el texto indica: “en la ciudad de El Alto y Santa Cruz son las que reportan mayores números de causas, al contrario de las ciudades de Cobija y Potosí.

Otra de las observaciones es que los flujos de las causas en las ciudades capitales han tenido un incremento del 11,7% entre el 2008 y el 2009, pero entre el 2009 y el 2010 se han mantenido, porque el incremento fue sólo del 1,3%.

CARGA PROCESAL

Por lo tanto, el incremento de las causas ingresadas al órgano judicial, implica un aumento de carga procesal, pero no así un mayor número de juzgados para generar capacidades de respuesta a las causas en términos de celeridad.

La situación sobrecarga procesal genera niveles críticos de acumulación de causas, mismas que al final de la gestión, no logran ser resueltas en su totalidad, por lo que el porcentaje de causas pendientes se suma al número de causas ingresadas por gestión, agravando así la sobrecarga procesal que es asumida por los Juzgados de Instrucción en lo Penal.

A través de la tabla de evidencias se fue incrementando la brecha de causas pendientes de resolución y causas nuevas que ingresan al sistema, así es como el 2008 el 40% de ellas estaba pendiente y el 2010 este porcentaje se incrementa hasta llegar al 52% de la carga procesal, más las nuevas causas.

El promedio de querellas que con conocidas anualmente por cada uno de los 52 juzgados de Instrucción en lo Penal cautelar oscila en 1.200 a 1.500 causas lo que imposibilita el avance de las mismas. Por lo tanto, se comprueba que el sistema de justicia no está respondiendo adecuadamente a la demanda de la población, por lo que se aconseja efectuar un seguimiento particular en cada departamento del país. (Pasa a la Pág. 3)

 
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