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[Remy Solares]

Acerca de la justicia social


Históricamente, la expresión “justicia social” fue acuñada por el sacerdote jesuita italiano Luigi Taparelli, considerado uno de los fundadores de la doctrina Social de la Iglesia. Creó el término para aplicarlo a los conflictos obreros que se extendieron a raíz del establecimiento del maquinismo y la sociedad industrial. Taparelli fundó sus ideas en una renovación del pensamiento tomista y consideró que la justicia social era una noción diferente, tanto de las nociones de justicia conmutativa como de la justicia distributiva, que caracterizan al pensamiento aristotélico-tomista

A partir de los fabianos, el concepto de justicia social fue adoptado por la socialdemocracia, principalmente en Inglaterra, Francia y Argentina. En Inglaterra el concepto pasó al Partido Laborista inglés, al que la Sociedad Fabiana se integró, y fue aceptado y retomado por el gobierno liberal, cuyo objetivo era “lograr la justicia social”. En la misma época, en Francia movimientos sociales de orientación católica adoptaron el concepto de justicia social como parte del socialismo ético y pacifista. En Argentina, surge ese concepto vinculando las ideas de “nuevo derecho” y justicia social. Se puede afirmar que el verdadero socialismo se basa también en la libertad, lejos de los métodos opresores que aplica el socialismo marxista para imponer regímenes dictatoriales

Luego de la I Guerra Mundial, fueron iniciadas acciones para la paz mundial, considerando que la paz permanente solo puede basarse en la justicia social...

Para ilustración de quienes creen en el comunismo, sea del Siglo XVIII o XXI, que creen que su ideología propuso la justicia social, les decimos lo siguiente. En 1931 la noción de justicia social se incorporó plenamente a la Doctrina social de la Iglesia Católica, al utilizarla el Papa Pío XI en la Encíclica Quadragesimo anno. Para Pío XI, la justicia social es un límite al que debe sujetarse la distribución de la riqueza en una sociedad: A cada cual debe dársele lo suyo en la distribución de los bienes, siendo necesario que la partición de los bienes creados se ajuste a las normas del bien común o de la justicia social.

La defensa de los principios de justicia se realiza normalmente por la vía de la argumentación racional, con base en cuatro tipos de argumento: práctico, por analogía, ético y de identidad.

Otra fuente es el pensamiento de Joaquín Ruiz-Giménez. Es especial y profusamente tratado en la Doctrina Social Católica (Encíclicas sociales) con el referente de la Dignidad humana y en la tradición cristiana por estar vinculado a su concepto del amor al prójimo y los movimientos de Derechos Humanos.

El socialismo propuesto por Oscar Únzaga de la Vega, en varias de sus declaraciones públicas e intervenciones parlamentarias, se fundamenta en todas estas concepciones cristianas de justicia social.

La idea de justicia social late en el “equilibrio reflexivo” de los principios de libertades básicas, principio de igualdad de oportunidades, pero no ha sido desarrollada hasta las acciones y consecuentes legislaciones de los movimientos humanistas en torno a la discriminación, la libertad y las Encíclicas Sociales: la distribución de los frutos del desarrollo y la dignidad humana.

 
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Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

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