Después de casi dos años
• Subsisten interrogantes sobre movimiento de dinero, efectuado en la madrugada del 24 de julio de 2016
Mediante un comunicado, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) solicitó al Banco Unión exponer la documentación de respaldo del traslado de 150.000 bolivianos en la madrugada del 24 de julio de 2016, de su oficina central. Lo incomprensible de la declaración brindada ayer por la directora de la ASFI, Lenny Valdivia, es que tal solicitud fue realizada después de casi dos años de ocurrida la operación, que estuvo a cargo de altos funcionarios de la entidad financiera.
RESPALDO DE ASFI
La directora de la ASFI, en conferencia de prensa, sostuvo que la operación realizada por la entidad bancaria cumplió con toda la normativa vigente, sin embargo, contrariamente a lo señalado por la misma autoridad, al final de su informe dijo que por conducto regular solicitó toda la documentación que respalde el accionar del personal de la entidad financiera.
“En tal virtud, hemos enviado una nota a la Entidad Financiera a efectos de que, en cumplimiento del Reglamento para Empresas de Transportes de Material Monetario y Transportes, nos haga conocer y remitan los informes y documentos que respalden todo el procedimiento del traslado de Bs 150.000 y las medidas necesarias que adoptaron para tal propósito, dado que la Entidad Financiera debe justificar que las dos empresas transportadoras de valores autorizadas por ASFI (ETV S.A. y Brinks S.A.) no prestaban servicios en dicha localidad”, señaló.
DENUNCIA DE DIPUTADO
La explicación de la directora surgió de la denuncia realizada por el diputado de oposición, Wilson Santamaría, quien mostró el informe 026 de un oficial de seguridad de la entidad bancaria, que le expresa al jefe de seguridad del Banco sobre el retiro de dinero de la oficina central en la mencionada fecha, a horas 02:30.
Sin embargo, antes de verificar la legalidad de la información requerida a las autoridades del Banco, un boletín de prensa de ASFI dijo que “la operación de retiro de dinero, efectuada en fecha 24 de julio de 2016, por personal del Banco, con destino al pago de bonos de subsidio en el municipio de Apolo, había sido realizada en el marco del Reglamento para la apertura, traslado y cierre de Puntos de Atención Financiera y Puntos Promocionales y el Reglamento para Empresas de Transporte de Material Monetario y Valores, emitidos por esta entidad reguladora”.
OFICINA FERIAL
La autoridad señaló que mediante nota CITE CA/BUSAGG/967/2016, recibida en fecha 20 de julio de 2016, el Banco Unión SA puso en conocimiento de ASFI la apertura de una oficina ferial temporal, en cumplimiento a la normativa contenida en el citado Reglamento para la Apertura, Traslado y Cierre de Puntos de Atención Financiera, adjuntando un anexo con especificaciones inherentes a dicha operación financiera.
REGLAMENTACIÓN
Agregó que el Reglamento para Empresas de Transporte de Material Monetario y Valores, vigente y aplicable a esta operación, señala claramente en su Artículo 4: “En caso que la Entidad de Intermediación Financiera requiera el servicio de transporte de material monetario y valores en una localidad, donde no tengan presencia ni brinden el servicio las Empresas de Transporte de Material Monetario y Valores con Licencia de Funcionamiento, ésta puede suplir la falencia de este servicio adoptando los medios que se requieran para tal propósito, precautelando las medidas de seguridad pertinentes en la realización de dicha operación, debiendo la Entidad de Intermediación Financiera (EIF) contar con respaldos que acrediten dicha situación y mantener los mismos a disposición de ASFI”.
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