Podría alcanzar al presidente Morales
• Ministro de Gobierno, Carlos Romero, anuncia que asumirán defensa.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) admitió la denuncia contra el Estado boliviano, representado por el presidente Evo Morales, por la violación a derechos de la Convención Americana de los Derechos Humanos, entre ellos, la supuesta ejecución extrajudicial en el Hotel Las Américas, en el denominado “caso terrorismo”. De su parte, el ministro de Gobierno de Bolivia, Carlos Romero, aseguró que asumirán defensa del Estado como víctimas.
INFORME APROBADO
El “derecho de petición”, que significa una demanda de “promover la observancia y la defensa de los derechos humanos”, fue presentado el 21 de septiembre de 2009 por Gianni Prado Herrera y Carolina Dwyer, en representación de Mario Francisco Tádic Astorga y otros. El informe de admisibilidad fue aprobado por la CIDH el 24 de febrero de 2018, tras nueve años de ocurrida la presunta ejecución extrajudicial de tres personas en el Hotel Las Américas, el 16 de abril de 2009, que posteriormente se llamó “caso terrorismo”.
El Gobierno boliviano fue notificado el 4 de marzo de 2016, y entre junio a septiembre de 2017 presentó observaciones, desconociendo la jurisdicción y competencia de la CIDH para revisar sentencias pronunciadas por tribunales nacionales, y con ello prolongó un mayor debate que al final concluyó en que la CIDH se declaró competente, para admitir un derecho de petición por casos vinculados a los derechos a la vida.
CAUSA CONTRA MORALES
Uno de los co-imputados en el caso terrorismo y que actualmente vive refugiado en Estados Unidos, Hugo Achá, dijo a Erbol que el trabajo de la Comisión es el filtro previo para que el caso suba a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, abriendo causa contra el gobierno de Evo Morales y Álvaro García Linera, por crímenes de lesa humanidad.
La demanda fundamenta la ejecución extrajudicial del irlandés Michael Dwyer (abatido junto a Eduardo Rózsa y Arpad Magyarosi) como resultado de las acciones policiales en el operativo desarrollado en el Hotel Las Américas, la falta de investigación y de ser probada podría generar responsabilidades por posibles violaciones de los artículos 4 (vida), 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana en relación con su artículo 1.1, en perjuicio de la presunta víctima de la familia, así como los artículos 1,6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
SIN PROTECCIÓN
En el caso de Mario Tadic, Elöd Tóásó, Alcides Mendoza y Juan Guedes, se podría generar cargos por su falta de protección judicial efectiva, posibles violaciones a los artículos 5 (integridad personal), 7 (libertad personal), 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana en relación con su artículo 1.1, en perjuicio de la presunta víctima de la familia, así como los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio de las presuntas víctimas y sus familiares.
La denuncia ante la CIDH señala violaciones en el proceso penal seguido contra Mario Tadic, Elöd Tóásó, Alcides Mendoza y Juan Guedes, que son tratados reiteradamente por el gobierno como “terroristas”, en distintos medios de comunicación.
Asimismo, la supuesta aplicación retroactiva de normas y la presunta confiscación de bienes personales, la prisión preventiva de las víctimas y la imposibilidad de impugnarlas debido a la naturaleza de los delitos por los que son procesados, podrían caracterizar posibles violaciones de los artículos 7 (libertad personal) 8 (garantías judiciales), 9 (principio de legalidad y de retroactividad), 11 (protección de la honra y dignidad), 24 (igualdad ante la ley) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana de los Derechos Humanos en relación con sus artículos, 1.1 y 2.
DEFENSA DEL ESTADO
Al respecto, el ministro de Gobierno asumió respuesta como víctima, porque afirmó que pusieron dos bombas en su casa de la ciudad de Santa Cruz, hecho que atribuyó a un supuesto grupo separatista y en lo que hace al presidente Evo Morales, señaló que implicaría juzgarlo por salvar la unidad de la patria enfrentando a un grupo de separatistas.
“Si tenemos que defender el Estado y la unidad de la patria lo vamos a hacer ante quien sea y si tenemos que volver a refrescar la memoria colectiva, (…) recurrir a los instrumentos contundentes probatorios sobre la existencia de esos hechos lo vamos a hacer ante cualquier instancia”, enfatizó.
En este contexto, Romero señaló que el denominado grupo separatista fue traído con el claro objetivo de evitar la consolidación del proceso de cambio anunciando la independencia y autonomía de una región del Estado.
El titular de la seguridad interna del Estado puntualizó también que debe ser el Ministerio de Justicia, en primera instancia, el que deberá actuar en resguardo del propio Estado, ante los “cientos de incidentes recursivos” que generaron dilación en el caso.
INCOMPETENCIA
El informe Nº 6/18 hace referencia también a los alegatos del Estado sobre una supuesta falta de competencia. Sin embargo, la CIDH reconoce que no es competente para revisar las sentencias dictadas por tribunales nacionales que actúan en la esfera de su competencia y apliquen el debido proceso y las garantías judiciales. No obstante, reitera que dentro del marco de su mandato, sí es competente para declarar admisible una petición sobre el fondo, cuando ésta se refiere a procesos internos que podrían ser violatorios de derechos garantizados por la Convención Americana, indica el informe.
La resolución de admisión fue notificada al Estado boliviano la semana pasada, haciendo conocer que la Comisión resolvió continuar el análisis sobre el fondo de la cuestión, publicar esta decisión e incluirla en su informe Anual de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos. (Erbol – EL DIARIO)
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