Víctimas de octubre
El juez James I. Cohn, de la Corte Federal de Fort Lauderdale de Florida-EEUU, aún no dio por concluido el juicio civil contra el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su colaborador Carlos Sánchez Berzaín; la sentencia se conocerá el próximo 4 de mayo. Ya se hablan de tres posibles salidas.
La primera opción es que el juez ratifique la decisión del jurado ciudadano, que estuvo compuesto por 10 personas.
La segunda vía por la que puede optar el tribuno es a la que están acudiendo los abogados defensores, revertir el veredicto del jurado, por falta de pruebas suficientes para demostrar la responsabilidad de los dos encausados.
Y la tercera vía es que el juez Cohn modifique la indemnización de 10 millones de dólares, que dictó el Jurado, bajo la figura, según el latín “remi ttitur”, que quiere decir “aflojar el monto definido como compensación”.
En tanto, habrá que esperar hasta el 4 de mayo que será la fecha de la audiencia, en la que el juez Cohn revisará el veredicto y dictará su decisión, es decir que en ese momento podrá hablarse de una sentencia en el juicio civil contra los dos encausados.
En nota publicada por el representante del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y de Carlos Sánchez Berzaín, se expresa que en Estados Unidos tienen una norma “bien establecida”, que permite al juez anular cuando “es insuficiente la evidencia para sustentar un decisión razonable del jurado, por lo que los demandantes no deberían proclamar victoria”.
“El veredicto que el jurado ha emitido el 3 de abril –puntualiza– no es la decisión final del Tribunal. El caso continúa y la Corte específicamente había ya advertido a los demandantes y a sus abogados que no proclamen victoria, sobre la base del veredicto del Jurado, debido a que el mismo no es la decisión final”.
La nota difundida se basa en la transcripción del Juicio p. 41, líneas 4 a 12, 28 de marzo de 2018; que han hecho circular desde el pasado jueves (5) por los abogados Stephen D. Raber y Ana C. Reyes, del bufete “Williams & Connolly LLP”, quienes a nombre de sus defendidos (Lozada y Sánchez) aclararon que el veredicto del fallo, emitido el 3 de abril, no es un decisión final.
Agregaron que en las declaraciones de 28 de marzo, la Corte no emitió sentencia final en el caso y que más bien solicitó a ambas partes presentar argumentos suplementarios.
“Consistente con sus declaraciones de 28 de marzo, la Corte no emitió sentencia final en nuestro caso, en lugar de ello la Corte solicitó a las partes presentar por escrito argumentos suplementarios, a fin de considerar nuestra moción de descartar la demanda o anular el caso en aplicación de la Regla 50 de las normas federales de Procedimiento Civil”, puntualiza la nota.
Por otro lado, expresaron que como patrocinadores de los acusados no han avalado el veredicto, porque consideran que la evidencia es insuficiente.
“Nosotros hemos expresado ya nuestro desacuerdo con el veredicto, porque creemos que la evidencia presentada es insuficiente para sostener el veredicto que emitió el jurado”, dice la nota.
En tanto, puntualizan tres argumentos que fueron tratados en el juicio y que los mismos estarían sosteniendo la posición de los abogados.
“(1) Los abogados de los demandantes admitieron ya que no existieron órdenes de nuestros defendidos para disparar y matar civiles desarmados; (2) no existen evidencias de que hubiera habido un plan de nuestros defendidos para utilizar fuerza letal contra la población civil y (3) el veredicto del jurado es inconsistente, porque no encontraron que las muertes fueron causadas de forma ‘deliberada o intencionalmente’ por un soldado boliviano”, según contenido de la nota.
Y, por último, recalcan que “confiamos en el proceso y creemos que el veredicto del Jurado será dejado sin efecto, cuando la ley sea correctamente aplicada”, concluye la nota difundida por los abogados de Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín.
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