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Fallo de la ONU

Rebeca Delgado anuncia sanciones contra exvocales

• Expresidenta del Órgano Electoral evitó referirse al caso y dice no conocer la sentencia, otro de los vocales responsabiliza al TED de Cochabamba


EXVOCALES DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL FUERON OBLIGADOS A RENUNCIAR EN 2015 TRAS VARIAS OBSERVACIONES A SU TRABAJO.

Los siete exvocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y dos jueces de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz pueden ser sancionados por la vía penal o civil, por el dictamen del Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), por efecto de la demanda que presentó Rebeca Delgado.

“Lo que el Estado debe hacer es establecer responsabilidades, quiénes han determinado en ese momento la vulneración de mis derechos, donde están involucrados los siete exvocales, los jueces de la Sala Civil Primera del departamento de La Paz, que tardó más de tres meses en resolver una acción”, explicó Delgado, en conferencia de prensa realizada en Cochabamba .

La circular 071 de diciembre de 2014, que emitió el Tribunal Supremo Electoral, fue firmada por su presidenta Wilma Velasco, no figuran las rubricas del resto de los vocales Dina Chuquimia, Fanny Rivas, Marco Ayala, Irineo Zuna, Wilfredo Ovando y Ramiro Paredes.

Esta resolución afectó a Rebeca Delgado, Eduardo Maldonado y Edwin Tupa, excandidatos a las alcaldías de Cochabamba, Potosí y Montero, respectivamente.

ACCIONES

Ante esto, Maldonado indicó que al ser emitida por la presidencia la responsabilidad es colectiva, porque el resto de los vocales defendieron e intentaron justificar el escrito ante los medios de comunicación.

Además, explicó que otro de los aspectos que deben ser tomados en cuenta es que, por mandato constitucional, los derechos son regulados por ley.

Cuando el TSE se acoge a la opción de restringir derechos civiles y políticos, a través de una circular, están vulnerando la Constitución Política del Estado.

El diputado Wilson Santamaría, de Unidad Demócrata (UD), explicó que el Estado puede aplicar la acción de repetición contra lo exvocales, es decir que el Estado al ser responsable ante la ONU, puede iniciar acciones judiciales contra las exautoridades.

El parágrafo II del artículo 113, dela Constitución Política del Estado, determina que “En caso de que el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de daños y perjuicios, deberá interponer la acción de repetición contra la autoridad o servidor público responsable de la acción u omisión que provocó el daño”.

SENTENCIA

La Comisión de Derechos Humanos de la ONU emitió dos fallos: los dictámenes del 28 de marzo de 2018, que reconoce que el Estado boliviano violó los derechos políticos y cívicos de Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado, por lo que debe resarcir económicamente por los perjuicios ocasionados a las dos personas.

La instancia de la ONUI dio 180 días al Estado para informar sobre el cumplimiento de este dictamen.

La inhabilitación constituyó una restricción indebida a sus derechos que están enmarcados en el artículo 25 del Pacto de San José, el cual indica que todos los ciudadanos pueden participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, votar y ser elegidos en elecciones periódicas.

NO RESPONDEN

Los exvocales del Órgano Electoral no quisieron referirse al tema. Por su parte, la expresidenta de esa instancia Wilma Velasco señaló de manera textual : “No tengo ningún concomimiento todavía, no puedo hacer ninguna declaración al respecto”. La circular está firmada por ella.

Su colega Ramiro Paredes atribuyó que la responsabilidad es directamente de los vocales del Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba, porque al ser una candidatura regional esta instancia se encarga de emitir resoluciones para la habilitación o no de los candidatos. Sin embargo, el TED cochabambino sólo acató el documento que fue emitido por la sala plena del ente electoral.

CONSECUENCIAS

Este dictamen se suma a otros dos casos que se presentaron anteriormente, el primero fue la admisión de la demanda de la CIDH por el caso terrorismo y, segundo, el pronunciamiento de la Comisión de Venecia en contra de la reelección perpetua.

Ante esto, el diputado Santamaría indicó que estas acciones son una muestra de la conculcación de los derechos humanos de la población y que fue una decisión política para inhabilitar a dos candidatos que tenían el apoyo de sus regiones.

Para el senador Arturo Murillo, de UD, es una advertencia a los actuales vocales del Órgano Electoral, autoridades del Órgano Judicial y fiscales, en sentido de que para el gobierno de Evo Morales sólo son autoridades que tienen que cumplir con sus intereses partidarios, vulnerando las principales normas del país.

“A ustedes los utiliza el Gobierno y después de usarlos, son como el papel higiénico, desechables. El mensaje está claro y lo único que deben hacer es enmarcarse en la Ley y no ser serviles a un poder que se va a caer”, advirtió el legislador.

 
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