Horrorizan a los ciudadanos las estadísticas sobre los casos registrados por delitos de violación e infanticidio que emitió la Fiscalía General del Estado al 11 de abril de 2018. Ahora son los niños, esos seres maravillosos e ingenuos que progresivamente moldearán con conocimientos su razón y entendimiento a través de la enseñanza y la educación y harán aflorar sus destrezas y habilidades para el bien de su comunidad y país, las victimas de estas aberraciones del ser humano que no respeta al otro, sea indefenso o no.
Aunque sea desagradable reflejar estos datos, es imprescindible concienciar a la población sobre la realidad de estos ilícitos; están registrados en ese corto lapso de tiempo 222 casos de violaciones a infantes, niño, niña y adolescente, según el Art 308 bis: Santa Cruz con 83 casos, La Paz con 39, Tarija con 29, Cochabamba con 25, Oruro con 13, Beni con 13, Chuquisaca con 9, Potosí con 6 y Pando con 5.
Lastima intensamente el registro de infanticidios, según el Art. 258, con pérdida irreparable de valiosas vidas: La Paz con 11 casos, Santa Cruz 4, Oruro y Beni 2, Cochabamba y Chuquisaca con 1. No se debe trivializar, de ninguna manera, estas pérdidas humanas sino reflexionar y rogar por los espíritus de esos inocentes. Estas acciones espirituales fortalecen a la comunidad y elevan el sentido de la solidaridad y rebeldía constante ante estos crímenes. El leer estos datos sin que generen dolor interno por el otro que sufre sería un dislate en la conducta humana y una contradicción a nuestra naturaleza inclinada hacia el Bien.
Deplorablemente se debe escribir sobre los ilícitos cometidos en el país sobre violaciones a niña, niño o adolescente: Cochabamba 12, La Paz 11, Santa Cruz 2 y Beni, Chuquisaca, Oruro y Tarija 1.
Fundamentalmente se debe hacer inteligible en nuestro ámbito cognitivo la significancia que concurre en un infanticidio; siendo una especie de delito consistente en la muerte de un niño recién nacido, realizada por actos positivos o negativos, por la madre ilegítimamente fecundada, o con el fin de evitar inminentes sevicias.
Algunos ordenamientos jurídicos extienden el privilegiado tratamiento penal del infanticidio a otros parientes consanguíneos de la madre, si en ellos concurren análogos motivos. Los trastornos mentales del parto y otras posteriores incidencias a él, pueden determinar también el infanticidio inimputable. También infanticidio es la muerte violenta de un niño, sobre todo si es recién nacido o está próximo a nacer.
El niño es una persona inmadura; propiamente comprende la vida humana desde el nacimiento hasta la adolescencia. En las ciencias sociales se equipara las expresiones niñez y menor de edad, en el lenguaje coloquial se utiliza niño para denotar a una persona de poca experiencia o que actúa irreflexivamente, en algunos países infiere el tratamiento de respeto que ofrenda el servicio a sus empleadores o a personas de cierta consideración social, especialmente a los solteros.
La cardinal importancia de los niños para la reproducción de la humanidad y el ejercicio de tradición de los conocimientos de índole licita para crear un mundo justo y equitativo, es irrefutable. Las sociedades declinan en su estructura moral y el respeto a la vida del otro cuando no preservan a sus niñas y niños, con la elaboración de leyes modernas, su implementación rígida e incorruptible y, sobre todo, con la demostración cotidiana de un cultivado y motivante amor que decanta en un respeto profundo y consciente hacia ellos.
El autor es abogado corporativo, posgrados en Interculturalidad y Educación Superior, Docencia en Educación Superior, Arbitraje y Conciliación, Derecho Aeronáutico, escritor.
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