Publicidad

    


¿Por qué no se institucionaliza las fiscalías departamentales?

Mauricio F. Julio Quintana

Innegablemente este es un interrogante que todos hemos debido hacernos, ante el protagonismo inusual de esta institución hoy. La respuesta aparentemente es incierta, sin embargo, si hacemos una retrospectiva, el 2005 fue el último año que se eligió vía legislativa (institucional) a los Fiscales de Distrito, hoy denominados Fiscales Departamentales. Desde esa fecha estos funcionarios han sido elegidos discrecionalmente, de manera ligera, pasando por alto deliberadamente la carrera fiscal de muchos, escamoteando el que puedan acceder a dirigir con todo derecho a la institución a la que sirven y conocen orgánicamente. Para ese cometido coyuntural, han primado criterios ajenos a la institucionalidad del Ministerio Público, como ser idoneidad, honestidad, eficiencia y principalmente compromiso con la sociedad a la cual representan.

La consecuencia mediata e inmediata es elocuente, han existido Fiscales Departamentales, designados en varias oportunidades, que han desplegado una labor deficiente en el plano institucional, al extremo de que algunos han cesado en esa función de manera indecorosa, por actos reñidos con esa función. La labor del Ministerio Público, delicada y sensible por naturaleza, hace imprescindible que los nombrados funcionarios jerárquicos de cada departamento sean elegidos de acuerdo con su Ley Orgánica (requisitos meritocráticos), como pretendió el legislador cuando promulgó la ley 260 (Ley Orgánica del Ministerio Público) de 11 de julio de 2012. En las Disposiciones Transitorias Tercera, para acceder a esa elección, dispuso: “Hasta que se establezca la organización del escalafón y la carrera fiscal, por única vez, el procedimiento para la designación de las y los Fiscales Departamentales estará a cargo de la o el Fiscal General del Estado”. Esta disposición significa que entretanto se organice el escalafón y la carrera fiscal, por ÚNICA VEZ el procedimiento para la elección de los Fiscales Departamentales está a cargo del Fiscal General del Estado. Al presente el Fiscal General del Estado ha nombrado en más de una oportunidad a varios Fiscales Departamentales, lo que equivale a deducir que no se habría dado cumplimiento a la disposición transitoria invocada, lo que ha provocado un comportamiento indiferente de los Fiscales Departamentales con respecto a la institución, y en muchos casos apartados de los fines institucionales, como en el caso de la fiscalía departamental de Cochabamba, según audios (en los que se habría grabado su voz, que ha comprometido a esa autoridad ) y pese a ello sigue fungiendo como tal, sin resquemor.

De haberse cumplido con la disposición tercera referida, probablemente el desempeño de los Fiscales Departamentales tendría un derrotero prístino y con paradigma de conducta en esa condición, para no generar duda en su probidad, que seguramente y dadas las condiciones institucionalizadas, garantizarían servidores probos y comprometidos indeclinablemente con su institución.

Se puede entender y comprender que al presente estos servidores públicos no responden a los objetivos y finalidades, conforme expresan los Arts. 1 (Objeto) y 3 (Finalidad) de su ley orgánica, así como a sus sentidas necesidades institucionales, como ser, gestionar más ítems, representar la precaria infraestructura en la que ejercen sus funciones, propugnar incremento en su presupuesto, disentir de la organización disfuncional en la que está sumida (fiscalías corporativas), resolver la ingente carga que atienden, problemas por los que seguramente un servidor institucionalizado optaría, como una prioridad inobjetable, para mejorar la atención y eficiencia en las labores de investigación.

Institucionalizar las Fiscalías Departamentales es una tarea de imperativo cumplimiento, primero para cumplir con la ley, lo que no se ha hecho hasta el presente y, segundo, para garantizar una proba administración de justicia penal, respondiendo solo a objetivos y finalidades institucionales en relación con la sociedad, que es su esencia.

El autor es abogado y ex Fiscal de Materia.

 
Revistas

Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

EL DIARIO
Decano de la Prensa Nacional
Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa y la Asociación Nacional de Prensa.

Dirección:

Antonio Carrasco Guzmán
Presidente del Consejo de Administración

Jorge Carrasco Guzmán
Gerente General

Rodrigo Ticona Espinoza
Jefe de Redacción

"La prensa hace luz en las tinieblas
y todo cuanto existe de progreso en el mundo
se debe a su inagotable labor"...

JOSÉ CARRASCO


Publicidad
Portada de HOY

JPG (806 Kb)      |       PDF (420 Kb)



Caricatura


Sociales

Armada Argentina cumple 204 años

Los anfitriones junto al representante del Comandante en Jefe de las FFAA, Handel Abasto, y del representante del Comandante en Jefe de la Armada Boliviana, Gonzalo Jarjury.


Publicidad