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Anuncian Reglamento de Carrera Judicial

Postulantes a administración de justicia deben ser probos



ENCUENTRO INTERNACIONAL DE REFLEXIÓN SOBRE REFORMAS AL SISTEMA JUDICIAL DE BOLIVIA.

El sistema de administración de justicia debe estar a cargo de profesionales probos, por lo que los postulantes a operadores de justicia deberán responder a las exigencias de una alta moral y cualificación profesional, referente de justicia y en el comportamiento ético y moral.

Este criterio corresponde al abogado constitucionalista Williams Bacopé, al referirse a la propuesta de un nuevo Reglamento de la Carrera Judicial, cuyo proyecto de elaboración está a cargo de la Comisión de Seguimiento a las Conclusiones de la Cumbre de Justicia. El mismo propone además la participación ciudadana, a fin de garantizar transparencia e imparcialidad en el tratamiento de un proceso.

Sin embargo, puntualizó que la calificación de los operadores de justicia, como los jueces, es una tarea altamente técnica que corresponde a los expertos en la profesión de la abogacía, a la academia y la experiencia, por lo que la presencia de la sociedad civil tiene sus limitaciones.

COMISIÓN

En enero de 2017, la Asamblea Legislativa Plurinacional sancionó la Ley N° 898, que creó la Comisión de Seguimiento/Implementación de las Conclusiones de la Cumbre de Justicia, aunque sin espacios formales de participación ciudadana.

La propuesta pide que se incluyan las disposiciones generadas en la Cumbre Nacional de Justicia Plural, celebrada en 2016, incorporando criterios que garanticen la reconocida integridad, idoneidad, compromiso con los derechos humanos, independencia e imparcialidad, especialización, así como elementos que evalúen la calidad y calidez de su trabajo.

Se hace énfasis especial en las pruebas de ingreso a la carrera judicial, las cuales desde su perspectiva no deben basarse en contenidos jurídico-doctrinales habituales; por el contrario, permitir el desarrollo de criterios que indiquen la ausencia de sesgos en la interpretación de los derechos de las partes.

“El documento solicita que el reglamento incluya criterios para formalizar la participación ciudadana y el control social, como una garantía para la transparencia en el proceso y el cumplimiento efectivo de la legislación constitucional, así como las conclusiones de la Cumbre Nacional de Justicia Plural”, expresa una nota de las organizaciones interesadas en este tema y difundida por la agencia noticiosa Fides.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

El ciudadano le va a pedir transparencia, celeridad, probidad y que los operadores de justica y las autoridades sean juristas referentes de moral. Pero el tema de selección tiene que ver con meritocracia y en este escenario tienen que ver las universidades y gente calificada de Derecho. Estamos hablando de abogados profesionales que son luz en el estudio científico del Derecho.

Varias redes y plataformas articuladas entorno a las reformas que aporten a superar la crisis del sistema judicial, promueven acciones de monitoreo, y acompañamiento al proceso iniciado, como emergencia de la Cumbre Nacional de Justicia Plural, realizada en junio de 2016.

El proyecto formulado por las organizaciones de la sociedad civil expresa la necesidad de “la creación de tribunales colegiados para llevar adelante las convocatorias de ingreso a la carrera judicial que estén compuestos por diversas instituciones, como las universidades, colegios de abogados, colectivos ciudadanos, además de representantes del Órgano Judicial”.

Este pronunciamiento hace también un llamamiento a fortalecer las garantías para la independencia e imparcialidad de la justicia, base del Estado Democrático de Derechos Humanos. Y solicita a la Comisión de Seguimiento incorporar estos conceptos a las Conclusiones de la Cumbre de Justicia, con la recomendación que todas las decisiones que se adopten respeten tal principio.

“Esto deberá hacer que aseguren que el Consejo de la Magistratura y el resto de instancias del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional desarrollen de manera autónoma e independiente las funciones y competencia reconocidas por las normas para llevar adelante estos procesos, toda vez que las mismas son indelegables”, agrega la nota.

 
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