2 de agosto de 1937
Se declaró Día del Indio el 2 de agosto, en homenaje a la fundación del primer núcleo de educación indígena de Warisata, dirigido por el profesor Elizardo Pérez y el originario campesino Avelino Siñani.
Por decreto supremo de 16 de diciembre de 1936 se aprobó el Estatuto Orgánico de Educación Indigenal y Campesina que reafirma en forma orgánica la estructura del sistema nuclear para la incorporación de las razas autóctonas a todas las actividades de la vida nacional o sea la solución del problema del indio en forma integral; económica, social y cultural. Asimismo, a partir de 1936 comienza la dispersión de la nueva doctrina integral de Educación Indigenal y Campesina con 16 núcleos en todo el país. El decreto Ley N° 03464 firmado en Ucureña (Cochabamba) el 2 de agosto de 1953, determina la Reforma Agraria y Día del Campesino. Se decía, “La tierra es de quien la trabaja”.
La reforma agraria devolvió la tierra a los campesinos y de ese modo se incorporó a casi dos millones de indígenas a la economía, así como el voto los había incorporado a la vida política. Fueron dos hitos históricos de justicia socio-económico-cultural en beneficio del indio y desde 2006 tienen amplio poder los indígenas, originarios, campesinos, son una burguesía campesina dominante, pero fueron utilizados para fines políticos y nada más, sin perspectivas algunas porque siguen sumidos en la mendicidad y la pobreza. Bolivia indigenizada está politizada. Dejaron sus tierras, sus ayllus, sus comunidades, se trasladaron a las ciudades, a El Alto especialmente, para obedecer consignas políticas activas y asentarse en aceras de la ciudad, con el comercio informal. Gustan de intervenir en asambleas, foros, cumbres, desfiles y bailes por todo y por nada.
El artículo 12 de la Ley de Reforma Agraria deja establecido que “El Estado no reconoce el latifundio. Se garantiza la existencia de las propiedades comunitarias, privadas y cooperativas”, en tanto que otra disposición en la misma ley dice que “Las tierras son de dominio originario de la nación y corresponde al Estado la distribución, reagrupamiento y redistribución de la propiedad agraria conforme a las necesidades económico-sociales y de desarrollo rural”, y a partir de esta fecha se establece el derecho del campesino a la dotación de tierras.
De esta manera se inicia la distribución, de la tierra sobre la base de la inexistencia legal del latifundio, considerando sin embargo que “el solar campesino y la pequeña propiedad se declaran indivisibles, constituyen el mínimo vital y tienen el carácter de patrimonio familiar inembargable de acuerdo con ley. La mediana propiedad y la empresa agropecuaria reconocidas por ley gozan de la protección del Estado en tanto cumplan una función económica y social, de acuerdo con los planes de desarrollo”.
Esta ley toma en cuenta que durante la colonia “a pesar de la protección material y espiritual de las Leyes de Indias, la raza indígena, por la imposición de un sistema semi-feudal, con los repartimientos y encomiendas, fue injustamente despojada y sometida a servidumbre personal y gratuita”, planteándose, por vez primera, el problema indígena y de la tierra no como un problema racial o pedagógico sino esencialmente social y económico.
El 2 de agosto se festeja también el Día de la Pachamama. Los creyentes ofrecen rituales y ofrendas con sahumerios en reconocimiento a la tierra que nos da alimentos.
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