Caso Porvenir
• En septiembre de este año, el exprefecto ya cumpliría 10 años de condena sumando sus años de detención preventiva y domiciliaria
La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz resolvió las apelaciones interpuestas en el caso de la masacre de Porvenir y ratificó la sentencia condenatoria de 15 años en contra del exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández. Sin embargo, dispuso que a su pena también se sumen los años de detención domiciliaria que cumplió.
“La Sala Penal ha dispuesto confirmar la sentencia, pero nos ha concedido el recurso disponiendo que se va a computar la detención domiciliaria para el cómputo final de la pena en caso de que esta sentencia se ejecute”, informó Karlo Brito, abogado de Fernández.
En marzo de 2017, el Tribunal Sexto de Sentencia de La Paz condenó a Fernández a 15 años de cárcel por los delitos de homicidio, lesiones graves y lesiones leves. Asimismo, entonces el Tribunal ordenó que no se compute los años de detención domiciliaria del sentenciado.
Pero ahora la Sala Penal Cuarta modificó esta última disposición, por tanto, se contarán como parte de la pena los casi cinco años de detención domiciliaria de la exautoridad y también el tiempo que pasó encarcelado en calidad de detenido preventivo.
El abogado explicó que, siguiendo ese razonamiento y de ejecutarse la sentencia, en septiembre de este año Fernández ya cumpliría 10 años de condena y le restaría sólo cinco años más.
Por otro lado, Brito informó que en la misma audiencia los vocales de la Sala rechazaron el pedido del Ministerio Público y de las víctimas de la masacre de incrementar la sentencia a 20 años. De igual forma se rechazó el pedido del exprefecto de anular la condena.
Agregó que ahora se solicitará la complementación y enmienda correspondiente, y con todo eso se planteará el recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, última medida antes de que se ejecute la sentencia.
“Vamos a presentar el recurso de casación que establece también el procedimiento (para) impugnar esta determinación porque tampoco estamos de acuerdo, porque lo que hemos pedido es que se haga un juicio de reenvío y se anule esta sentencia, pero el Tribunal no ha visto así y lo que ha hecho es ratificar. Lo que sí estamos de acuerdo es el cómputo de la detención domiciliaria”, manifestó. (ANF)
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