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Oposición busca frenar repostulación de Morales


La Corte Interamericana de Derechos Humanos admitió la solicitud de una audiencia a los legisladores de oposición, quienes pedirán se acelere la admisión de una demanda en contra del Estado boliviano por la violación de los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Los legisladores acudieron a la Corte-IDH para intentar frenar la cuarta repostulación del presidente Evo Morales en las elecciones de 2019. Observan la aplicación que hizo el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, para avalar la repostulación “indefinida” de las autoridades electas.

La Corte-IDH tiene previsto para esta gestión 2018 un periodo extraordinario de sesiones del 5 al 20 de octubre, para tratar la admisión de causas, la aplicación de medidas cautelares y el cumplimiento de sentencias.

“Hemos aplicado a esa solicitud por el inciso a) para la aceleración en los tiempos para la admisión de peticiones, y la Corte nos ha comunicado que nuestra solicitud ha sido admitida y está en definición de hora y día para la audiencia”, declaró el diputado Wilson Santamaría de Unidad Demócrata.

Los legisladores de oposición solicitaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que “acelere” la admisión de una demanda que interpusieron en contra del Estado boliviano y varias autoridades por la violación de los derechos políticos y humanos establecidos en la Constitución Política del Estado y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Dijo que esta demanda continuará en la Corte-IDH a pesar de las elecciones primarias que se realizarán en el mes de enero de 2019, cuando el binomio del MAS, Evo Morales-Álvaro García Linera, sean habilitados o no por el Tribunal Supremo Electoral.

Santamaría explicó que es fundamental que la Corte admita la demanda para que pueda ingresar en el análisis de fondo, es decir sobre la interpretación que hizo el Tribunal Constitucional de Bolivia del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos es el adecuado.

El TCP interpretó que la mencionada disposición permite la reelección indefinida de las autoridades electas, y estableció la “aplicación preferente” de la Convención sobre la Constitución Política del Estado cuando se trate de derechos más favorables.

 
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