En semanas pasadas se planteó a la opinión pública una ley denominada “La Ley contra la mentira”. Y es que en el actual Código de Procedimiento Penal de Bolivia, ya se establece algunas penas para las “mentiras”, como por ejemplo contra las “injurias” y contra las “calumnias”. Lamentablemente las penas contra las injurias y calumnias son risibles. Existen muchas penas risibles en el actual Código de Procedimiento Penal, por ejemplo para las injurias y calumnias debería subirse siquiera la pena de 5 a 7 años de cárcel. En consecuencia para los crímenes y delitos más delicados, como el asesinato y homicidio planificado, se debería subir las penas hasta, por decir, 50 años.
Mientras que en la ley norteamericana todos sabemos que se maneja el “todo lo que diga podrá ser utilizado en su contra” (no se fomenta la mentira); en Bolivia tenemos que las “declaraciones de la etapa investigativa” de un caso, son “totalmente rechazadas” para el “juicio oral”, en consecuencia en Bolivia se usa “todo lo que diga no podrá ser utilizado en su contra”. Vale decir que aunque parezca increíble, en la justicia de Bolivia las “declaraciones de la etapa investigativa” pueden ser totalmente contradictorias a las de la “etapa de juicio oral” (¿para qué existe la etapa investigativa?, ¿se tiene duplicación de actividades?), fomentándose de esta manera la “mentira”.
Al acusado, en la “etapa investigativa” se le permite falsear totalmente la verdad (mentir), sin imponerle ningún castigo. Y en Bolivia, nomás, como no podría ser de otra manera, se maneja “nadie puede declarar en contra de uno mismo”. De esta manera, pues, la justicia de Bolivia fomenta “la mentira”.
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