Nelson Mejía Martínez
En 1997, cuando se terminaba de redactar el Código Penal Boliviano, a sus proyectistas no se les pasaba por la mente que un día los delitos tipificados hasta la fecha en la parte sustantiva penal boliviana, como Manipulación Informática y Alteración, Acceso y Uso Indebido de Datos Informáticos, referido a ilícitos cometidos a través de la tecnología de ese momento, podían en la actualidad ocupar una parte de los procesos judiciales. En esa época la única tecnología novedosa era de programas computarizados, como Windows, Excel.
Con el transcurrir del tiempo estos programas de computación quedaron obsoletos, por el acelerado avance de las Tecnologías en Informática y Comunicación (TICS), que lograron grandes cambios en el desarrollo económico y social de los países. Paralelamente han generado una inusitada transformación en la sociedad, que es una fuente inagotable de hechos y actos jurídicos, entre ellos los delitos cometidos por Acción u Omisión por los seres humanos.
Algunos miembros de nuestra comunidad en forma progresiva han venido haciendo mal uso de estas nuevas tecnologías para cometer crímenes especializados, que hoy son delitos comunes, hasta llegar a trascender fronteras, por lo que hoy se los conoce como delitos transnacionales o globalizados, que poco a poco se fueron perfeccionando, hasta llegar a lo que ahora conocemos como ciberdelitos o cibercrímenes.
Estas organizaciones criminales operan con bases financieras, como estafas piramidales, bitcoin, fraudes financieros, estafas con perfiles y enlaces falsos a través de redes sociales, como Facebook y WhatsApp, hasta delitos on line, como Grooming, Sexting, pornografía infantil, comercio y venta ilegal de armas, trata y tráfico de personas, narcotráfico, entre otros que son flagelos a nivel mundial. Utilizan para este fin como herramientas no solamente ordenadores fijos, sino telefonía móvil, celulares de alta gama, smarts, Android que tiene cientos de aplicaciones inteligentes, que en la actualidad se convirtieron en objetos codiciados por los delincuentes.
En 2009 se aprobó el Decreto Supremo 353 en actual vigencia, que faculta a la Autoridad de Transporte y Telecomunicaciones (ATT) para bloquear el registro de los teléfonos robados, lo que en un primer momento tuvo impacto. Pero ya no hoy, por el aumento de los delitos que son cometidos para obtener teléfonos móviles, con la finalidad de que se conviertan en instrumentos para delinquir, lo que ocasiona inseguridad en la sociedad.
Pese a las incautaciones de celulares, que llegan a 2.525 a nivel nacional, es necesario mencionar que fue presentado un Anteproyecto de Ley que básicamente se resume en tres ámbitos: primero, normar y regular la venta, comercialización, homologación de las terminales móviles a través de la autoridad competente; segundo, en el campo investigativo proponer la creación de un Grupo Especializado en Alta Tecnología, Cibercrimen, Patrullaje Cibernético a cargo de policías expertos en la materia, que en casos de flagrancia y relevancia social puedan obtener información de las empresas telefónicas de radio bases, flujo de ingreso y salida de llamadas telefónicas, celdas de terminales móviles, entre otros, que permitan esclarecer los hechos delictivos cometidos con el mal uso de un celular de alta gama.
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