El fallo emitido por la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya, el pasado día lunes 1 de octubre, por la demanda presentada por el Estado Boliviano contra el Estado chileno, pidiendo se obligue a ese país a entablar negociaciones “de buena fe” para una salida soberana al océano Pacífico, luego de 139 años en que se nos arrebató por la fuerza nuestro mar territorial y territorio costero, ha sido negativo para las expectativas de nuestro pueblo, exageradamente alimentadas por el gobierno del MAS, que debido a su propósito de quedarse en el poder político del Estado por siempre, había electoralizado el problema que tenemos con el vecino país.
En anteriores notas, en estas mismas prestigiosas páginas del Decano de la Prensa Nacional, sostuvimos que la demanda ante ese alto organismo debía ser de carácter estrictamente jurídico, ya que ese organismo tiene esa característica. Es un organismo de tratamiento jurídico, pues las relaciones entre Estados se las efectúa a través de tratados, convenios, acuerdos, protocolos, etc., como lo establece el Derecho Internacional, y sobre el mismo tenemos un tratado firmado en 1904.
El argumento esgrimido por nuestros abogados fue que en el transcurso de más de 100 años, en varias ocasiones se intentó llegar a un acuerdo entre partes (Bolivia y Chile), lo que en alguna medida importaría la creación de una obligación para tratar el tema, lo que en materia jurídica no causa efecto alguno, excepción de materia laboral, siempre que se pruebe la voluntad del empleador. En derecho son los contratos los que sí causan efecto y hacen ley entre las partes, y sólo pueden ser anulables o nulos, cuando concurren ciertas situaciones establecidas en la ley.
Luego de conocida la resolución de la Corte en La Haya, hemos escuchado diversidad de opiniones sobre el tema, la mayoría cargadas de emotividad, pero alejadas de la realidad jurídica del asunto. El presidente-candidato se apresuró a declarar que el fallo había sido orquestado para favorecer a los ricos y poderosos, y no han faltado opiniones de gente del oficialismo que ha acusado a ese alto tribunal de parcialidad o de obedecer a influencias externas (seguramente en referencia a la reunión de los presidentes Trump y Piñeira), como si la máxima instancia de justicia internacional de las Naciones Unidas fuera el Órgano Judicial boliviano, en el que las resoluciones son dictadas al calor de las órdenes políticas o la retribución económica.
En la materia que analizamos, cuando las partes acuden a la justicia internacional, más cuando son demandantes, se entiende que en esa demanda está implícito el acatamiento al fallo, más aún cuando se sabe que es la máxima instancia en materia jurídica internacional y no hay otra (como lo anotamos en una nota anterior). Entonces salir con el argumento de que no estamos de acuerdo y que recurriremos al seno de las Naciones Unidas, cuando ya lo hicimos en el pasado siglo, cuando acudimos a la Liga de las Naciones y se desestimó nuestra demanda, resulta poco serio.
Lo que corresponde en materia jurídica internacional, y es nuestro caso, es recurrir a la vía diplomática, de tal suerte que sólo con la voluntad de las partes, pueda allanarse alguna solución al diferendo. Y para ello tendría que superarse el “muro” que se ha levantado entre nuestro país y el vecino Chile, con declaraciones y actitudes agresivas que han llegado al extremo de acusar al gobierno chileno de intentar derrocar al presidente candidato Evo Morales (declaraciones de la Ministra de Comunicaciones y del propio presidente Morales). Esto ha ocasionado una postura inamistosa de las autoridades chilenas, que han declarado que no se puede entablar negociación con el presidente Morales (declaraciones de Piñera y Lagos), por su constante cambio, pues un día convoca al diálogo y al otro insulta.
Este fallo nos debe llevar a reflexionar sobre las políticas del gobierno, que por dos sexenios nos gobierna, y que parece que ahora se ha convertido en un factor de perturbación en las relaciones con el vecino Chile.
El autor es abogado y politólogo, con estudios de Derecho Internacional.
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