Eduardo León pide destitución
La juez Tercero Anticorrupción, Claudia Castro, restó toda legalidad y credibilidad a las acciones tomadas en su contra por Eduardo León y la abogada Zuleika Lanza, quienes pidieron al Consejo de la Magistratura sea alejada del cargo sustentados en la suspensión del ejercicio profesional que hubiera dictaminado el Colegio de Abogados.
Eduardo León difundió que la jueza Claudia Castro fue procesada ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados a causa de una resolución que hubiera emitido el 2014, durante sus funciones como fiscal en favor de una demanda, de cuyo interesado posteriormente fue abogada.
Castro, en contraparte, afirmó que emergente de tal proceso ante el Colegio de Abogados interpuso una apelación y luego un amparo constitucional contra el cuerpo colegiado, habiéndole concedido la tutela. Instancia que, además, dejó claramente establecido que dicho procedimiento fue indebido, inculcatorio y al margen de toda legalidad.
“Le gané al Colegio de Abogados un amparo y el Tribunal Constitucional lo ha confirmado y hace unos días he sido notificada”, refirió la juez Castro tras puntualizar que en cuyo mérito emitió una Resolución Camaral.
Al respecto, según informa la agencia de noticias Fides, el encono entre Castro con León y Lanza se agravó en junio de este año, cuando la juez denunció que un consorcio hubiera actuado para favorecer al exabogado de Gabriela Zapata con una resolución.
Ese entonces, Castro denunció que de manera flagrante dos de los jueces que favorecieron a León estaban consumiendo bebidas alcohólicas en oficinas judiciales. Ambos fueron arrestados, señala la agencia de noticias.
Castro, en contramano, afirmó que las acciones en su contra tienen origen en la investigación que realizó contra Leon, y otro, por malversación de recursos y otras anomalías en la Gobernación de La Paz.
“El Tribunal Constitucional me concedió la tutela, que el Colegio de Abogados no quiera cumplir esa sentencia, por razones que ellos saben, es otro tema”, apuntó Castro, tras aclarar que el Colegio de Abogados no cuenta con personería ni estatutos por lo que tales actos son nulos.
Castro aclaró que la sanción a la que se remiten León y Lanza tiene que ver con el ejercicio profesional independiente, y que la sanción que imparte el cuerpo colegiado es económica. “La única autoridad que nos puede suspender, previo proceso sumario disciplinario, es el Consejo de la Magistratura. Por otra parte, si fuera el caso, la Resolución que han hecho aparecer ha prescrito porque fue planteada por una denuncia cuando era fiscal del 2014, según establece la Ley 1178 ha prescrito”, remarcó.
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