Constitución Política del Estado, artículo 251, parágrafo II: “Como institución, no delibera ni participa en acción política partidaria, pero individualmente sus miembros gozan y ejercen sus derechos ciudadanos, de acuerdo con la ley”.
Ley 101 de Régimen Disciplinario de la Policía, artículo 11, sanciona con 4 a 10 días de arresto exhibirse públicamente de uniforme en actos que menoscaben el prestigio institucional, hecho que está tipificado como una falta leve y con llamada de atención escrita.
“Desde ningún punto de vista se ha violado ningún precepto constitucional porque definitivamente no me han visto ustedes hacer un spot publicitario, haciendo propaganda política, no estuve repartiendo boletines a favor de uno y otro partido político, lo único que reitero y pido por favor a esa gente malintencionada (es que) no hay palabra mal dicha, sino mal interpretada”, dijo el comandante general de la Policía Boliviana, Faustino Mendoza.
La Policía, en varias oportunidades en la plaza Murillo, reprimió con violencia actos y manifestaciones de activistas de las plataformas y colectivos ciudadanos que defienden el 21F. En contraste, en el mismo lugar permitió manifestaciones a favor del MAS.
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