La olla común es parte del convivir en las penitenciarías de Bolivia
Suena la campanilla, es mediodía y Armando, nombre convencional, sale a almorzar como cada día hace más de tres años. Precisamente, cuenta que en febrero cumplió los 36 meses en detención preventiva que dicta la ley, pero no cree que vaya a salir de San Pedro a corto plazo y se conforma con alcanzar su plato a la olla común de los internos para comer, una vez más, en aquella banca azul debajo del televisor del patio.
La detención preventiva en Bolivia se ha convertido en la regla y no en la excepción. 14.163 privados de libertad marcan el 75 % de personas que ocupan los centros carcelarios sin sentencia o en proceso de investigación.
Este alto porcentaje implica la erogación de recursos públicos, que son dispuestos por la Ley 264 y el Decreto Supremo 1854, cuya administración se delega a los gobiernos autónomos departamentales, que deben coordinar, por ejemplo, el pago de prediarios con la Dirección de Régimen Penitenciario.
La Paz, con sus cinco centros penitenciarios y cinco carceletas provinciales, es el parámetro para identificar la problemática de la detención preventiva, pues esa figura llega al 74,43 % de la población carcelaria.
DANZA DE CIFRAS
Un informe presentado por el Ministerio de Gobierno a la Comisión de Desarrollo Humano, Derechos Humanos, Política Social, Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos de la Asamblea Departamental de La Paz, en marzo de 2018, contiene datos contradictorios sobre el presupuesto asignado a los prediarios, pero dentro del mismo rango de Bs 800 mil a Bs 900 mil mensuales, para atender a 3.778 varones y mujeres, hasta noviembre de 2017.
En La Paz existen el recinto penitenciario de San Pedro, Centro de Orientación Femenina de Obrajes, Centro Qalauma, Centro Penitenciario Femenino de Miraflores, Centro de Custodia Patacamaya, recinto penitenciario San Pedro de Chonchocoro, Carceleta de Puerto Acosta, Carceleta de Sica Sica, Carceleta de Inquisivi y Carceleta de Apolo.
De la población total de 3.778 personas, dato actualizado a mayo de 2018 en 4.163 privados de libertad, sólo 966 cuentan con sentencia ejecutoriada y 2.812 tienen calidad de detención preventiva en La Paz.
En contraste a esas cifras, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, durante la interpelación en la Asamblea Legislativa de abril, dijo que hasta febrero se tenía el 73,8 % de concentración de privados de libertad en el eje central, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, dejando el 37,04 % para los otros seis departamentos. Cochabamba tendría la mayor cantidad de detenidos preventivos, con 84,9 %; La Paz, con 73,8 %; y Santa Cruz, con 70,2 %.
El funcionario, además, minimizó la crisis de hacinamiento en los recintos carcelarios del país, pues comparó el índice latinoamericano que mide el hacinamiento con la relación poblacional por cada 100 mil habitantes. “En Bolivia, 144 personas es la tasa de privadas de libertad por cada 100 mil habitantes. En consecuencia, tenemos la tasa más baja de personas privadas de libertad en la región”, expuso.
En la ejecución presupuestaria por prediarios en La Paz, con datos cerrados a 2017, se llega a Bs 7.578.408, aunque existía una mora de pagos en el último trimestre del año.
El prediario a partir de 2015 se estableció en Bs 8 para cada persona, distribuyéndose el pago para la olla común en seis centros y la cancelación en efectivo en las cuatro carceletas del departamento.
De la cifra de 3.752 privados de libertad en La Paz, expuesta en el mismo informe del Ministerio de Gobierno y contradictoria con las anteriores, se llega al desembolso de Bs 900.480 para atender la alimentación de 3.336 varones y 416 mujeres.
El exdirector de Régimen Penitenciario, Ramiro Llanos, explicó que este gasto perjudica a los gobiernos autónomos departamentales, que deben asignar a las cárceles un porcentaje del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).
Sin embargo, ese no es el único gasto para el Estado, porque cada gobernación departamental debe pagar también servicios de luz y agua.
“El pago de energía eléctrica por mes suma a Bs 100.000, el agua suma a Bs 90.000 en una sola cárcel, como la de San Pedro; pero sin contar con el pago de seguridad y de la burocracia que administra esa cárcel”, cita Llanos.
En ese marco, la detención preventiva provoca hacinamiento carcelario y esto, a su vez, significa un gasto público para mantener a los privados de libertad mientras dure su proceso judicial, que muchas veces sobrepasa los tres años que establece la ley.
Llanos revela que en las cárceles de Bolivia existe un 2% de privados de libertad que cumplió ya o sobrepasó con el tiempo estimado de la condena del delito por el cual fueron imputados; es decir, son personas que llevan, por ejemplo, seis años detenidos, cuando la figura penal por la que se les investiga establece como pena máxima cinco años. 250 personas tienen esa condición en Bolivia.
Los detenidos que todavía no cumplen el tiempo de condena suman 78 % y los que se encuentran con condena son el 20 %.
Para la abogada penalista Martha Requena esta problemática responde a la mala administración de la justicia boliviana, pues la detención preventiva se utiliza de forma desmedida y fuera del propio Código de Procedimiento Penal (CPP).
“El artículo 7 del CPP dispone que, cuando exista duda en la aplicación de una norma, tiene que aplicar la que más favorezca al imputado. En el artículo sexto también se habla de la presunción de inocencia, pero muchas autoridades no adecúan a la norma esta interpretación, en razón de que ellos presumen la culpabilidad de cualquier sindicado, peor aun cuando existe presión. En casos de connotación social, cuando ha generado polémica y ha causado lesiones a la sociedad, la presión es fatal, no se actúa en forma objetiva. Lo primero que se hace es restringir su derecho a la libre locomoción, que es un derecho y una garantía constitucional”, explicó la profesional. (Visor Bolivia)
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