La sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional en relación con el polémico asunto de la reelección presidencial indefinida, que intenta poner en aplicación el gobierno de Evo Morales, ha sido objeto de crítica por parte de dos jurisconsultos y profesores de la Universidad de Valencia (España), quienes, en un estudio profesional, destacan que la sentencia del Tribunal Constitucional boliviano constituye “un fraude interpretativo”.
Ese estudio realizado por los profesores de la Universidad de Valencia, Roberto Viciano Pastor (asesor del gobierno boliviano durante el proceso constituyente) y Gabriel Moreno Gonzales, dedica su investigación al análisis de la actuación del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia en relación con la reelección presidencial, que se origina en un “constitucionalismo abusivo”.
Dicho estudio agrega que “el caso de Bolivia reviste especial gravedad porque la sentencia del TCP que ha permitido que el Presidente pueda ser reelecto se produce después que tuviera lugar un malogrado proceso de reforma constitucional, ad hoc, para eliminar la prohibición de reelección presidencial que, fue abortado por el voto negativo a dicha reforma mediante referéndum popular”.
El importante documento concluye –reiteramos- que la sentencia del TCP cae en “un fraude interpretativo”, pues “el control de convencionalidad es utilizado torticeramente por el TCP de Bolivia para justificar la interpretación que él (y ellos) hace, pero que nunca realiza, en ningún momento, la propia Corte Interamericana”.
El destacado ensayo académico, titulado “Cuando los jueces declararan inconstitucional la Constitución”, sostiene también que “El caso boliviano es paradigmático: cómo un tribunal constitucional, utilizando de manera injustificada el control de la convencionalidad y la cesión de jerarquía que establece la Carta Magna, ha terminado modificando explícitamente la configuración de los poderes del Estado y sus límites; hecho aún más grave por cuanto el pueblo boliviano, en uso de su soberanía, ya había sido llamado a referéndum para decidir sobre la reelección y había manifestado, inequívocamente, su rechazo”.
Las afirmaciones de los dos jurisconsultos españoles coinciden con apreciaciones de la Corte Internacional de Derechos Humanos, la Comisión de Venecia y otros organismos internacionales.
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