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[Luis Antezana]

Constitución feudal y conservadora vigente


Como todas las cosas, una Constitución Política tiene contenido y forma. A esa categoría está sometida la Carta constitucional vigente, en aplicación hace diez años y requiere algunas consideraciones.

Un aspecto debe ser considerado previamente. Esta Constitución es legal, pero no es legítima. Es legal porque fue promulgada en esa calidad por el gobierno de entonces, pero es ilegítima porque el texto original con que fue redactado no fue aprobado por la Asamblea Constituyente, sino pasó a ser corregido y aumentado por una comisión extra Constituyente y en ello consiste la principal anormalidad.

La actual Constitución para ser legítima debió haber sido aprobada exclusivamente por la Constituyente y nadie podía tocarla. Pero eso no ocurrió, ni mucho menos, pues la Constitución redactada por la Constituyente pasó a una Comisión del Congreso ordinario constituido, que la corrigió, reformó y la aprobó según su leal saber y entender y con ese resultado fue promulgada por el Poder Ejecutivo, que le dio el espaldarazo con una concentración popular en la plaza Murillo, durante la cual el presidente Evo Morales derramó lágrimas de emoción y así le dio legalidad, pero no legitimidad.

Otros aspectos deben ser tomados en cuenta para conocer el valor de esta Ley de leyes. Uno de ellos es su contenido. En efecto, la Carta vigente no solo es conservadora sino es reaccionaria, lo que se comprueba al estudiar su esencia, es decir el aspecto económico. Así, mientras en su forma es de izquierda, en su contenido es de derecha.

En ese sentido se encuentran dos aspectos. El primero niega el factor histórico existente o sea niega la nación, objetivo por el que siempre luchó el pueblo boliviano. Solo toma en cuenta el Estado o sea la forma y desconoce la existencia de la nación, es decir desconoce la realidad objetiva, vale decir que de esa manera se llegaría a afirmar que solo existe la forma (el Estado) y no el fondo (la Nación).

Se debe agregar que no existe forma sin contenido y viceversa, o sea que sin nación no hay Estado y sin Estado no hay nación. En ese sentido, en la actual realidad boliviana solo existiría la forma, pero no el contenido. Se debe agregar que sin nación no hay Estado y que la forma sin ser producto de la realidad material no existe. Pensar en otro sentido es caer en el idealismo subjetivo.

Bolivia, pues, según esa Carta, como territorio, población, economía, cultura, etc. no existe y solo existiría el espíritu del Estado. Solo existe la forma, no existe la realidad material. Solo existe la superestructura, el Estado, sin estructura, error que caracteriza la actual realidad del Estado boliviano.

Aparte de aspectos objetivos se presenta otro. En efecto, la Constitución tiene, entre otros, un fondo reaccionario, o sea que su contenido económico es arcaico y feudal, no democrático.

En ese sentido, niega, especialmente para la población indígena, que es la mayoría del país, las principales, sino todas libertades democráticas, al arrebatarles el derecho de propiedad e inclusive la misma propiedad sobre la tierra y, por tanto, la condena a la miseria. Al mismo tiempo que niega a los campesinos-indígenas esas libertades democráticas, los somete a un régimen de producción antidemocrático. En efecto, en vez de que la actual Constitución amplíe las libertades económicas para la población rural, las ha anulado e inclusive llega más atrás que las anteriores. Esos aspectos han creado un abismo entre la población rural y la urbana, así como entre personas que se dedican a la tierra, pues algunas gozan de amplias ventajas y a otras se las niega por vía constitucional. Así, la Constitución proindígena es, por el contrario, antiindígena y el Estado se encarga de su aplicación y actúa con el mismo carácter.

Por tanto, si bien en el aspecto de fondo esta Constitución es reaccionaria, en cuanto a aspectos formales tiene aspectos democráticos tangenciales, o sea solo trata de cuestiones de forma, a no ser que se considere que la forma es más importante que el fondo. En ese sentido existen disposiciones electorales, educativas, jurídicas, etc., pero son contradictorias a los aspectos de fondo, es decir que responden a las viejas estructuras comunitarias y feudales y no a las contemporáneas.

No existe, pues, relación entre la forma y el fondo. Más bien ésta es contradictoria. Las formas no corresponden a la esencia y la esencia constitucional no corresponde a la forma, por lo cual la actual Carta Magna merece una terapia sustancial.

 
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