Clepsidra
Con el objeto de comprometer la intervención de los presidentes del Brasil, Jair Bolsonaro, y de Colombia, Iván Duque Márquez, como garantes de la Constitución Política de Bolivia, compromiso contraído en el acuerdo político de Cochabamba en 2008, una comisión de las plataformas sociales se reunirá este próximo mes de marzo con dichos jefes de estado, para que se sirvan elevar una solicitud de opinión consultiva ante la Corte de San José de Costa Rica, para que esa alta instancia determine si la reelección presidencial es un derecho humano.
Recordemos que uno de los preceptos fundamentales de dicha Carta Magna fue limitar la gestión presidencial a través del Art. 168, a un máximo de dos mandatos y con una sola reelección, sin embargo, por todas las señales que hemos recibido desde el día mismo que se aprobó esa Constitución, todo indica que el acuerdo suscrito frente a los garantes fue y sigue siendo violado sin escrúpulos.
La reacción popular a dicha contravención no se hizo esperar y en el referéndum del 21 de febrero de 2016, convocado por el propio gobierno para dilucidar este impasse, triunfó el NO a la modificación del Art.168, citado líneas arriba, lo que activó la inmediata respuesta oficialista que no solo desconoció la victoria, sino que la atribuyó a una burda tramoya fraguada por la oposición sobre la base de una mentira.
A estas alturas, cuando la opinión nacional e internacional ha hecho suya la justa reivindicación de ese triunfo plebiscitario, traducido en letanías como: “Bolivia dijo No”, resulta inapropiado y hasta contraproducente el tratar de contravenir la corriente, aplicando métodos vedados y anticonstitucionales que sólo servirán de boomerang al gobierno.
Hay que saber reconocer que si se ha perdido musculatura, no es conveniente el demostrar fuerza. Es el reciente caso del Juez 6º de Familia de Santa Cruz, Alberto Zeballos, que admitió una Acción de Cumplimiento Constitucional contra la repostulación indefinida de Evo Morales, por solicitud de plataformas ciudadanas sobre la base del Art.7 de la CPE, que dispone que la “soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada”, pero además “es inalienable e imprescriptible”.
Actuar en contrario, procesando al Juez, destituyéndolo, o decretando su prisión, sólo servirá de acicate a quienes verían en esa actitud abusiva un alargamiento de los procesos de intimidación y presión en la justicia, que han desembocado en esta suerte de pronunciamientos y actitudes, justo ahora cuando la opinión internacional asiste, con inocultable beneplácito, el derrocamiento de un sistema despótico y delincuencial que se encaramó en el gobierno venezolano, donde, copando todos los poderes del Estado, llevó a esa noble y generosa nación a la más escabrosa situación de corrupción, hambre y miseria que se tenga memoria.
En estas circunstancias, y ante una situación que coloquialmente podríamos calificarla “de estar viendo las orejas al lobo”, consideramos prudente que, antes de asumir posturas amenazantes contra el Imperio, contra el Grupo de Lima, contra los países de la Comunidad Europea y, contra todos aquellos que ya mostraron su apoyo a Juan Guaidó, como presidente encargado de Venezuela, cambien de actitud, pues siempre es mejor, prevenir que lamentar.
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