> El jurista Pedro Callisaya plantea jueces con actitud investigativa proactiva, entendiendo que el proceso es un instrumento de interés público para lograr la efectiva tutela de los derechos de las personas
El vocal de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz, Pedro Callisaya, planteó la necesidad de revalorizar la importancia de la prueba como parte del proceso en la administración de justicia y promover la gestión proactiva de los jueces dentro de sus atribuciones investigativas.
El planteamiento fue formulado durante la presentación del libro “Caracterización de la Prueba y los Medios de Prueba en el Código Procesal Civil Boliviano”.
Las consideraciones del jurista se apegan a la Constitución Política de Estado (CPE) que, desde su autoría, a una década de vigencia en el ámbito de la justicia no ha llegado a entenderse en su real dimensión la transformación que implica en el ámbito del proceso judicial y de manera muy puntal en el tema de la verdad material.
El análisis del jurista plantea para los jueces una actitud investigativa proactoiva entendiendo que el proceso es un instrumento de interés público para lograr la efectiva tutela de los derechos de las personas, “este entendimiento aún no se ha internalizado en los propios jueces ni en la misma población”, apuntó el jurista.
En este contexto señala que, dando por sentado que todo proceso se funda en hechos, “de nada serviría postular los hechos si no los probamos, de la forma en que vayamos probando vamos a lograr una sentencia positiva o negativa”, señala la reflexión del autor.
Callisaya hace hincapié en la observancia que entre los hechos y la sentencia está la actividad probatoria, por lo que desde una nueva visión de administrar justicia con la presencia proactiva de los jueces, esta cobra una trascendental importancia en el proceso.
Las consideraciones del autor sobre la prueba señalan que el Código Procesal Civil (CPC), los denominados códigos morales tratan de ajustarse al nuevo diseño de constitucional y plasmarse en la normativa que está por debajo de la CPE.
“La reflexión en esta obra busca promover el entendimiento en el marco de la Constitución. (…) no todos tienen un entendimiento homogéneo respecto del principio la verdad material, pero el ideario de la Constituyente implica acercarte lo más posible a la verdad de los hechos”, apuntó Callisaya tras remarcar un mayor compromiso del juzgador con los casos bajo su conocimiento.
“Es el juez quien asume un nuevo rol, como el de la iniciativa probatoria judicial, el de tener una acción más directiva del proceso, entonces dejar la prueba sólo a las partes es de vital importancia”, apuntó el jurista.
No obstante de que el aporte jurídico está circunscrito a la materia civil, la lógica constitucional de la cual se desprende la obra, incluye también materia penal, así como es aplicable a todas las áreas del derecho, siendo que en todos las materias la prueba y la verdad material es de trascendental importancia, remarcó el autor al reiterar que el texto fue puesto a consideración en la administración de justicia.
Portada de HOY |
1 Dólar: | 6.96 Bs. |
1 Euro: | 7.77 Bs. |
1 UFV: | 2.29605 Bs. |