Felipe Rodríguez Álvarez
En 2014 la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivia en un informe técnico de auditoría hacía conocer al pueblo boliviano el desfalco de millones de bolivianos, que habían sido entregados a representantes de las comunidades campesinas y dirigentes de los mentados movimientos sociales. Esos dineros fueron entregados para implementar, en las comunidades de las provincias de los nueve departamentos de Bolivia, proyectos sociales como: criaderos de cerdos, de camélidos, de peces, centros artesanales de tejidos, y otros, todo con el fin de generar recursos propios destinados a paliar de alguna manera la extrema pobreza en que se debaten las familias de algunas comunidades campesinas.
Efectivamente, estas sumas millonarias de dinero nunca fueron invertidas en las mencionadas obras sociales o, en el mejor de los casos, fueron invertidas a medias, habiendo desaparecido sumas millonarias en manos de algunos dirigentes campesinos o representantes de comunidades campesinas, como informa la Contraloría del Estado, en su referido informe, cuando menciona que se ha erogado muchos millones de bolivianos para implementar 153 proyectos sociales. Empero, ninguno de estos proyectos sociales ha sido implementado en los plazos que tenían para tal cometido, no obstante los desembolsos de dineros para tal fin.
Consiguientemente, refiere que hay daño económico al Estado por aproximadamente 70 millones de bolivianos, que en dólares americanos serían aproximadamente unos 10 millones de esta moneda extranjera, suma de dinero que se habría incrementado hasta alcanzar la suma de 400 millones de dólares a medida que se profundizó la investigación de este latrocinio que hasta la fecha queda impune. Decimos latrocinio porque según la documentación que consultamos para escribir estos apuntes, había un plazo determinado para implementar estas obras sociales, el cual era de once meses y un plazo adicional de tres meses para auditar cada proyecto social con objeto de establecer la correcta inversión de los dineros desembolsados.
Lamentablemente ningún proyecto, de los cerca de mil que se ha detectado, ha cerrado en los 11 meses establecidos para tal cometido, y lo único que han hecho los responsables de los mismos, cuando fue descubierto el latrocinio, es presentar facturas o recibos que aparentemente certificarían una correcta inversión de estos dineros del Estado. Y en otros casos han devuelto al citado Fondo Indígena pequeñas sumas de dinero para demostrar, dizque, su honradez e inocencia; no se dan cuenta que el ladrón sigue siendo ladrón así pierda la cosa robada o la devuelva a su víctima.
Por lo mismo, esta presentación de facturas y recibos, así como la devolución de recursos sustraídos mañosamente, no los libera de responsabilidad penal, porque al margen de que se lo hizo fuera de plazo, resulta que en el momento de su presentación ya no estaba el funcionario público o autoridad que avale estos supuestos documentos de descargo, pues se había extinguido el Fondo Indígena, que tenía bajo su responsabilidad la administración de estos recursos públicos. Por tanto, estos descargos carecen de credibilidad a los efectos de ser tenidos como verdaderos documentos de descargo, siquiera de una parte de los dineros desembolsados.
Esto demuestra un incumplimiento de contratos con daño económico al Estado (Art. 222 del Código Penal), y es así que por este hecho delictivo se encuentran encarcelados algunos directores del mentado Fondo Indígena, y también lo estuvieron dos ex ministras de Estado. Pero resulta que este mismo hecho delictivo lo cometieron los aproximadamente mil responsables de otros mil proyectos sociales, pero extrañamente no se encuentran encarcelados, por el contrario, algunos sospechosos, al parecer con triquiñuelas o algún fraude procesal, han logrado hacer rechazar la denuncias instauradas por esos desfalcos millonarios, no obstante de estar acreditado documentalmente el mal uso de estos caudales públicos.
En un otro aspecto, se tiene que el Fondo Indígena, cuyo directorio estaba conformado por representantes de la Presidencia del Estado, de Finanzas, de Gobierno, y otros, era la instancia que aprobaba los proyectos sociales y autorizaba los desembolsos de recursos públicos para la implementación de obras sociales, constando la participación de cada cual en la documentación pertinente, pero resulta que ninguno está perseguido ni acosado por el Ministerio Público, como lo están otras personas sospechosas.
Este hecho sintomático hace sospechar que no se quiere dar información sobre su participación directa en el fondeado de la plata del pueblo boliviano. Porque ciertamente querríamos conocer que todos los proyectos que aprobaron en directorio, y los desembolsos de recursos que autorizaron para implementar los mismos, se ajustaban estrictamente a la norma que les permitía hacer eso o, por el contrario, actuaron arbitraria y discrecionalmente en la aprobación de los proyectos y consiguiente desembolso de dineros del Estado. En tal caso, tendrían que ser sancionados penalmente, conforme a la Ley 1.178.
Imaginamos, asimismo, que en otras instancias administrativas existen normas que regulan el trámite administrativo de estos desembolsos de dinero del pueblo boliviano. Querríamos conocer su correcta aplicación en este desembolso de recursos públicos. No quisiéramos ni imaginar que en cada institución pública solo existen grandes bandas de ladrones que toman para sí lo que pueden del dinero del pueblo boliviano. Suposición que se ahonda en la medida en que, al presente, se persigue e investiga, como se tiene dicho, a los que malgastaron los fondos públicos, y no a los que autorizaron y entregaron dichos recursos.
Por lo que resulta de suma urgencia investigar a profundidad el caso del Fondo indígena, y en su mérito generar un nuevo caso que se intitule Fondo indigna II, todo con el sano propósito de establecer el aporte de cada cual al descalabro de esta institución de servicio público, para sancionarlo conforme al grado de participación criminal, haciendo eco del principio constitucional: “Todos somos iguales ante la Ley”.
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