Las aguas del Silala siguen en controversia por la demanda que ha presentado Chile ante la Corte Internacional de La Haya, alegando que estas aguas provienen de un río de curso internacional y, por tanto, el vecino país alega que el uso de estas aguas le corresponde. Como en el caso del territorio que nos han usurpado, se inventan derechos que nos perjudican.
Todo esto se encuentra ampliamente documentado en un libro del Ing. Antonio Bazoberry Quiroga, titulado “El mito del Silala”, editado por Plural, en dos ediciones, la primera del 2003 y la segunda del 2016.
Como claramente lo demuestran numerosos estudios, desde el inicio de la controversia, son aguas provenientes de acuíferos subterráneos de larga data, que fueron inicialmente utilizadas por la empresa de ferrocarriles Antofagasta-Huanchaca, posteriormente denominada Antofagasta -Bolivia en el periodo de 1884-1907. Ese uso se dio cuando las locomotoras se movían con vapor de agua.
Una parte de esas aguas posteriormente fue utilizada para dotar de agua a las poblaciones del norte de Chile.
Como anota Bazoberry, “de acuerdo con la Resolución Administrativa No. 71/97 dictada por la Prefectura de Potosí el 14 de mayo de 1997, se revocó la concesión al FCAB que le otorgaba el permiso de construcción de canales y el aprovechamiento de aguas para el llenado de los calderos de las locomotoras a vapor y se dejó sin efecto la escritura pública No. 48 del 28 de octubre de 1908. En igual forma se canceló la inscripción de la concesión en las Oficinas de Derechos Reales del Departamento de Potosí”.
Luego el texto presenta información clara sobre el hecho de que las aguas que fueron utilizadas por Chile son aguas subterráneas y no de un río.
Con la demanda internacional presentada por Chile, el problema del Silala sigue en pie y, por tanto, las iniciativas que se formulen en el país para defender nuestros derechos deben ser cuidadosamente analizadas y utilizadas, si así lo merecen.
Por ello quiero destacar una valiosa publicación de la Asociación de Periodistas de Cochabamba, bajo el título: “Las aguas del Silala - Luces y Sombras”, Editorial Kipus, 2009.
En su parte propositiva, este documento presenta las bases de un acuerdo que habría sido preparado por las Cancillerías de ambos países y que en su versión final habría sido preparado el 28 de julio del 2009. Por las Cancillerías de ambos países como resultado de un Grupo de Trabajo conformado el 2004, que plasmó sus resultados en las actas suscritas el 6 de mayo de 2004, el 20 de enero de 2005, el 10 de junio de 2008 y el 14 de noviembre de 2008.
El artículo 1 de este Acuerdo señala: “Establecer un acuerdo bilateral para la preservación, sostenibilidad, uso y aprovechamiento del sistema hídrico del Silala o Siloli para beneficio de ambas partes”.
Frente a este aparente avance sobre el tema SILALA, uno se pregunta: ¿y por qué la demanda chilena ante La Haya?
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