Plantean expertos
> Según la exvocal del TSE, Dina Chuquimia, el contenido del artículo 74 tiene más un sentido sancionatorio y no de igualdad de oportunidades
Analistas plantean que el Ministerio de Comunicación pague a los medios la promoción de las leyes que velan por los derechos de los bolivianos, para evitar efectos negativos en la empresa privada tomando en cuenta la imposición del artículo 74 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas (LOP), que manda gratuidad sobre la propaganda de los partidos habilitados para las elecciones generales.
“Que sea el Ministerio de Comunicación que pague las facturas de difusión de los mensajes que son obligados a publicar, de esa manera estaría cumpliendo su rol de comunicación y recibirían la paga los medios de comunicación según el tiempo utilizado”, propuso Humberto Vacaflor, comunicador y economista.
Agregó que la cartera de Comunicación tiene el presupuesto más grande de la historia del país porque el año 2018 era 150 millones y actualmente es 527 millones de bolivianos. En contraste, destacó el trabajo del actual titular, Manuel Canelas.
“Lo que hay que reconocer que este despacho está en manos de un señor que a diferencia de las tres ministras, porque fueron mujeres sus antecesoras, se porta como una verdadera dama porque inclusive propone diálogo a los periodistas y medios para romper el hielo”, dijo y destacó que Canelaspuede lograr una solución.
En el mismo sentido, el comunicólogo Antonio Vargas señaló que el Ministerio de Comunicación debería emplear el presupuesto, en el conocimiento de las leyes a los bolivianos y no preferir gastar en atacar selectivamente a los sectores de la sociedad, que son críticos con este Gobierno, precisó.
Es decir, las medidas que se estipulan en determinadas normas, que los medios de comunicación deben ceder espacios para promover políticas públicas, como campañas de no al racismo o temas sobre el Medio Ambiente y otros, exime de su responsabilidad financiera al Ministerio de Comunicaciones.
Sin embargo, la exvocal del TSE, Dina Chuquimia, develó que la redacción del artículo expresa un sentido sancionatorio y estaría yendo contra la libertad de empresa.
“Se está vulnerando el derecho de empresa de todos los medios de comunicación privado, porque les estarían obligando a doblar el horario de difusión, por ejemplo si va a contratar el TSE diez horas de los medios de comunicación, éste debe agregar otras diez horas más, pero de forma gratuita y no hay medio de comunicación que vaya aguantar”, dijo Chuquimia.
En las elecciones generales de 2014, se aplicó como medida sancionatoria el que otorgue un espacio gratuito a canal 7 Btv, porque infringió el Reglamento de Propaganda Electoral; difundió un acto público del candidato oficialista, y el TSE solicitó que le conceda el mismo tiempo de difusión de la propaganda “ilegal”, para que el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), difunda una programa de educación ciudadana.
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