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Resolución del Senado de EEUU sobre el 21F


 

Con fines de documentación de carácter histórico, se reproduce el texto de la Resolución del Senado de Estados Unidos en relación con el referéndum del 21 de febrero de 2016 en Bolivia. Dice así:

“Tomando en cuenta que en Bolivia la población indígena fue históricamente marginada, pese a representar el 41% de la población, según el censo de 2012.

“Reconociendo que en 2006 el pueblo de Bolivia eligió una Asamblea Constituyente para reformar la constitución, consagrando al máximo los derechos políticos y económicos de la población indígena del país, mientras que los principales partidos de oposición boicotearon la elección de la Asamblea.

“Recordando que en 2008 Evo Morales fue ratificado mediante un referéndum revocatorio con el 67% de los votos y en 2000 ganó la reelección para un segundo período con el 60% de los sufragios válidos.

“Considerando que en 2013 la Asamblea Legislativa aprobó una ley habilitando la postulación de Evo Morales para un tercer período, ley que fue ratificada por el Tribunal Constitucional.

“Tomando en cuenta que en 2016 el Gobierno de Bolivia convocó a referendo nacional para modificar la Constitución, buscando habilitar un nuevo período para Evo Morales, evento en que más de la mitad de los votantes rechazó la reforma,

“Por tanto, Resuelve, que el Senado

1. Apoya las importantes transiciones a la democracia y las transferencias pacíficas regulares de poder a través de elecciones que han tenido lugar en la mayoría de los países de América Latina y el Caribe en las últimas décadas.

2. Reconoce el significado histórico de las elecciones de 2006 en Bolivia.

3. Expresa su preocupación por las acciones para eludir los límites del mandato presidencial en Bolivia.

4. Respalda los límites al mandato presidencial que prevalecen América Latina como controles razonables contra un historial de golpes, corrupción y abuso de poder.

5. Expresa la convicción de que la votación del referéndum de 2016 en Bolivia para mantener los límites del mandato presidencial reflejó la voluntad legítima de la mayoría de los votantes.

6. Está de acuerdo con la interpretación del Secretario General de los Estados Americanos que la Convención Americana de Derechos Humanos es aplicable a los límites del mandato presidencial.

7. Insta al gobierno de Bolivia respetar y restablecer la independencia de los órganos electorales y administrar las elecciones de octubre de 2019 en cumplimiento de las normas democráticas internacionales y sus propios límites constitucionales al período presidencial,

8. Pide a las democracias latinoamericanas que continúen defendiendo las normas y estándares democráticos entre los estados miembros”.

El citado documento ha sido de conocimiento internacional, del pueblo boliviano y sus autoridades estatales y ha originado reacciones a favor y en contra, considerando el texto en algunos sectores como una opinión y en otros como “injerencia”, convirtiéndose así en referente para adoptar una actitud definitiva sobre la materia, tomándose en cuenta, entre otros, que un hecho electoral no puede ser revisado y es vinculante.

 
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