Hernán Fernández Poblete
El incremento salarial en cumplimiento a la Constitución Política del Estado debe evitar la discriminación, por lo que resulta necesaria, en primera instancia, la nivelación salarial de los sectores que perciben menos que los sectores con mayor nivel salarial; por cuanto no pueden existir ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda, que desempeñando las mismas funciones algunos perciban mayor salario. En consecuencia será necesaria una curva salarial única, situación que permitirá una remuneración equitativa, justa y sin discriminación, para posteriormente establecer ajustes salariales programados y debidamente presupuestados, para compensar el costo de vida, garantizando su distribución en forma equitativa.
Por lo tanto, el incremento salarial debe responder a la formulación de una Política de Salarios, que emerja como una necesidad de organizar un sistema de remuneración que responda a las características particulares de las ocupaciones existentes y forme parte de las políticas institucionales. Esta política perseguirá alcanzar mejores condiciones salariales y estabilidad laboral para sus trabajadores, así como adecuadas condiciones laborales, para asegurar servicios de calidad a la población, en el contexto del cumplimiento de las funciones para vivir bien.
La política salarial es un importante componente de la gestión de recursos humanos, del talento humano y gestión del conocimiento, en la medida que representa un incentivo para trabajadores y servidores públicos, y permite estimular el desempeño, contribuyendo a alcanzar los resultados esperados. Una política salarial eficiente implica una descripción, análisis y valoración adecuada de los cargos que permita una remuneración justa y adecuada para garantizar que trabajadores y servidores públicos se sientan satisfechos y motivados para cumplir sus funciones y alcancen los objetivos trazados por la entidad.
Por justa y adecuada, se entiende una remuneración que sienta el personal que no está siendo discriminado y que es recompensado correctamente por su desempeño, conocimientos y responsabilidades de sus atribuciones. Por tanto, asuman compromiso de coadyuvar al cumplimiento de las metas. La estructura salarial debe prever mecanismos de motivaciones e incentivos que permitan premiar a quien contribuya al logro de los objetivos institucionales.
La Política de Salarios debe responder simultáneamente a tres grandes propósitos:
- La mejoría permanente de la situación económica de los trabajadores y servidores públicos, de manera que cuente con un sistema de salarios que retribuya en forma equitativa su trabajo, así como con instrumentos legales para el ordenamiento de cargos y salarios, que mantenga un nivel de vida digna para sí y su familia en el corto, mediano y largo plazo.
- La mejoría de la calidad de atención a la población, producto de la motivación de los trabajadores y servidores públicos, la estabilidad laboral, la experiencia acumulada y las adecuadas condiciones para desempeñar el trabajo en forma segura y eficiente.
- La mejoría en la aplicación de las políticas nacionales de producción y empleo en beneficio de la población.
Su formulación, implantación y consolidación requieren de una exitosa combinación de sensibilidad política, análisis técnico y disponibilidad financiera.
- La sensibilidad política empieza por forjar un consenso alrededor de los principios que deben guiar la Política Nacional de Salarios.
- El análisis técnico debe explicar la situación actual y proponer opciones viables y razonables.
- La disponibilidad financiera implica el aseguramiento de los recursos económicos para la implementación de la Política de Salarios.
Para este propósito será necesario considerar los siguientes principios:
PRINCIPIOS:
Estos serían los principios rectores de la formulación y aplicación de la Política de Salarios:
Sostenibilidad.- Los beneficios de la Política de Salarios, debe desarrollarse en forma regular, continuada e ininterrumpida. El Estado y las empresas deben encontrarse en condiciones de garantizar la asignación de recursos financieros para los salarios establecidos para todos los trabajadores y servidores públicos a nivel nacional, en concordancia con el desarrollo económico y la capacidad de producción y recaudación del Gobierno.
Función Social.- En el caso de los servidores públicos, deben respaldar su función con una finalidad eminentemente social, dirigida al logro del bienestar de la población, basado en el respeto a sus derechos humanos, en los que se incluye los derechos Constitucionales.
Mérito.- Las remuneraciones que establece la Política de Salarios se deben basar en las cualidades demostradas en la calificación, desempeño y actitud en el trabajo.
Equidad.- Es la garantía del acceso a los beneficios de la Política de Salarios por parte de trabajadores y servidores públicos, sin discriminaciones ni restricciones, sólo considerando mismas funciones, mismo salario y el mérito demostrado.
Igualdad.- Los beneficios de la Política de Salarios deben alcanzar a todos los servidores públicos, independientemente de la clasificación y perfil del puesto que ocupan.
Por lo señalado, surgen los siguientes lineamientos esenciales de la Política de Salarios para el incremento salarial:
1. Establecimiento de una remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio que le asegure al trabajador y al servidor público y su familia una existencia digna, conforme establece el artículo 46 de la CPE.
2. Determinación de la Política de Salarios que se desprenda de la consistencia con la Política salarial para el sector privado, y para el sector público establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, conforme el inciso j) del artículo 52 del DS Nº 29.894.
3. Remuneraciones a trabajadores y servidores públicos de acuerdo con los cánones establecidos para los trabajadores de otros entes del Estado con igual calificación profesional, dedicación y responsabilidad, y en el caso del sector publico una curva salarial única, que permita procurar la armonía entre los diferentes cargos con el resto del sector público conforme sus niveles, de tal manera que se evite la discriminación salarial.
4. Equiparabilidad de los salarios en relación con los diferentes niveles asignados para el sector privado y para el sector público y ajustado en relación con el poder adquisitivo de dichos salarios.
El autor es fundador y primer presidente del Colegio de Auditores de Bolivia.
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