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¿Renunciar para habilitarse?

Candidatos y funcionarios públicos, entre dimitir o no

> Un grupo de legisladores analiza presentar recurso legal para dejar sin efecto el numeral IV del artículo 238 de la CPE, que a criterio de opositores, deriva en una desigualdad entre los candidatos


EVO MORALES Y ÁLVARO GARCÍA, DIGNATARIOS DE ESTADO Y A LA VEZ CANDIDATOS DEL MAS.
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Los candidatos del MAS, Bolivia dice No y el aspirante a la Presidencia por el MTS, Félix Patzi, en total cinco candidatos, son también funcionarios públicos y de acuerdo con la Constitución Política del Estado (CPE), estos deben renunciar 90 días antes del día de la votación. Sin embargo, el hecho no se aplica para los actuales gobernantes del país.

Ante este hecho, surgió un debate entre los legisladores. La oposición advierten que todos los aspirantes al mando del país deben renunciar a sus cargos, pero Patzi aseguró que no está obligado a renunciar a la Gobernación.

“Aquí hay una lectura legal, yo ya estoy habilitado como candidato con las elecciones primarias y con la sentencia constitucional 084/2017, no estoy habilitado con la Constitución. La sentencia constitucional ha sido regulada con la Ley de Organizaciones Políticas y en esta norma han excluido la renuncia obligatoria, entonces legalmente no estaría obligado a renunciar”, defendió el candidato y gobernador de La Paz.

Estas aseveraciones fueron criticadas por la diputada de Unidad Demócrata (UD), Lourdes Millares, quien afirmó que la candidatura de Patzi es funcional al MAS, tomando en cuenta que no fue parte de la defensa de la democracia y de los resultados del referéndum del 21 de febrero del 2016.

Según la CPE, los candidatos de la alianza Bolivia Dice No y senadores de UD, Óscar Ortiz y Edwin Rodríguez, también deben renunciar a sus funciones en el mismo tiempo establecido. Anteriormente, Rodríguez cuestionó la desigualdad que existe entre los binomios de la oposición y del oficialismo, ya que estos continuarán en sus cargos y harán campaña de forma paralela.

Al respecto, el senador del Movimiento al Socialismo (MAS), Ciro Zabala, explicó que la sentencia constitucional 084/2017 no tiene nada que ver con el cumplimiento de los requisitos que establece la CPE, que en el numeral 4 del artículo 238 obliga a renunciar a las autoridades electas 90 días antes de las elecciones.

“Quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a este, al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República”, señala el enunciado.

DESVENTAJA

El diputado de oposición, Wilson Santamaría, advirtió que este numeral de la norma suprema deja en desventaja a los candidatos de la oposición, porque los gobernantes continuarán haciendo campaña proselitista en ejercicio de sus funciones. Esa desigualdad de condiciones estaría vulnerando el artículo 27 del pacto de San José de Costa Rica, que establece que no puede haber discriminación para el ejercicio de los derechos políticos para acceso al cargo.

Su colega opositora, Millares coincidió con este criterio y manifestó que esto es usado por los candidatos del oficialismo de forma arbitraria, tomando en cuenta que están usando los recursos del Estado y los medios estatales para la difusión de la campaña electoral a nombre de la gestión de gobierno.

A la vez observó que si Patzi no renuncia a su cargo, incurrirá a las mismas acciones arbitrarias que están realizando Evo Morales y Álvaro García, que en este caso, es usar los recursos de la gobernación de La Paz para su campaña proselitista.

RECURSO

Santamaría anunció que un grupo de legisladores de la oposición están promoviendo la presentación de un recurso legal al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), para que se deje de aplicar el numeral 4 del 238 de la CPE, para que todos los candidatos renuncien y garantizar la igualdad de condiciones entre los candidatos.

Aunque también señaló que el Tribunal Supremo Electoral tiene la facultad para incluir en el reglamento para el desarrollo de las elecciones generales, una disposición para evitar la desventaja entre los candidatos.

Millares no compartió ese criterio, porque el Órgano Electoral no alcanza a decidir sobre la situación del presidente y vicepresidente, porque anteriormente se registró una jurisprudencia a partir del segundo y tercer periodo de Evo Morales y en ambos casos los candidatos del partido oficialista no renunció para repostularse a la silla presidencial.

 
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