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[Edgar Linares Mariscal]

TOCANDO FONDO

Los Tribunales de Justicia Deportiva


El artículo 19 numeral 6 del Estatuto de la Federación Boliviana de Fútbol aprobado el 7 de junio de 2017, establece que los órganos jurisdiccionales son: el Tribunal de Disciplina Deportiva, el Tribunal Superior de Apelación, el Tribunal de Resolución de Disputas y el Tribunal de ética.

El artículo 96 de Disposiciones Transitorias en su numeral 8 señala que los Tribunales instituidos por el anterior Estatuto de fecha 25 de junio de 2011 seguirán en ejercicio de sus funciones hasta la posesión de los miembros de los nuevos Tribunales; de donde se deduce que seguirán vigentes el Tribunal Privado de Disciplina Deportiva de primera instancia en la administración de justicia y el Tribunal Superior de Apelación seguirá compuesto por ex dirigentes de los clubes de la División Profesional (ex - Liga), vale decir con las mismas anomalías, quedando aún el recuerdo de la controversia surgida entre los clubes de Oriente Petrolero y Blooming cuando la entidad albiverde recusó a los cinco integrantes del Tribunal por haber sido ex directivos de la institución celeste. Esta situación se volvió a repetir en el último inconveniente que puso frente a frente a Wilstermann y Bolívar, cuando uno de los miembros del Tribunal Superior de Apelación se excusó de ser parte del mismo en este caso por ser partidario del club aviador.

Ante esta situación volvemos a reiterar que los dos Tribunales deberían estar conformados por abogados inscritos en el Colegio Nacional de Abogados debiendo para el efecto invitar a esta entidad a remitir un listado de profesionales sin compromiso con clubes de la División Profesional y Aficionado para la administración de la justicia deportiva.

Es también de vital importancia modificar el Código de Procedimiento Disciplinario para evitar la lenidad en el tratamiento de los casos que deben ser resueltos con prontitud mediante un trámite sumarísimo para que el jugador y el club sepan a qué atenerse al conocer la sentencia.

Por otro lado es bueno recordarles a los ejecutivos de FABOL la inexistencia de solidaridad en materia laboral, razón por la que interrumpir un campeonato por deudas a determinados jugadores no pueden perjudicar a clubes que se sacrifican por estar al día con sus dependientes.

Esperemos que los directivos de la Federación Boliviana de Fútbol tomen en cuenta estas reflexiones como lo hicieron con los jugadores naturalizados que jugaran como bolivianos a partir del segundo campeonato de esta gestión como establece la Constitución Política del Estado y de esa manera demostrarnos que hay vientos de cambio en nuestro fútbol.

Dr. Edgar Linares Mariscal,

fundador y ex asesor legal de Fabol

 
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