A pesar de la CPE
> Los legisladores de la oposición afirmaron que esta modificación demuestra que la implementación de las autonomías es un fracaso
La Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley que modificó 14 artículos de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, donde se elimina la realización del referéndum autonómico para la aprobación de las cartas orgánicas y estatutos autonómicos para los pueblos indígenas. Solo se requerirá el control del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“Los estatutos autonómicos de los pueblos indígenas originarios campesinos ya no tendrán que realizar un referéndum para la aprobación de sus estatutos autonómicos, sino que (ahora) solo se realizará una consulta y el control posterior de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional. Solo ese procedimiento bastaría para que entren en vigencia estas disposiciones legales”, puntualizó el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, Lino Cárdenas
La actual Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, determina que los pueblos indígenas están obligados a realizar dos referendos para lograr tener autonomía: uno para aprobar la conversión y el segundo para aprobar su estatuto.
LAS MODIFICACIONES
El proyecto de ley plantea la modificación del parágrafo V del artículo 52 de la ley, la aprobación del estatuto autonómico por normas y procedimientos propios, en un territorio indígena originario campesino que haya cumplido con los requisitos establecidos en la presente ley, es condición suficiente para la creación de la unidad territorial correspondiente, que deberá ser aprobada por ley en el plazo de 90 días la Asamblea Legislativa, y ya no señala que la aprobación de su estatuto autonómico sea por referendo.
En el país solo tres pueblos indígenas lograron establecer su autogobierno: Raqaypampa, Charagua y Uru Chipaya. Organizaciones indígenas en el pasado culparon a la excesiva burocracia y al doble referendo como los obstáculos para que se establezcan más autonomías.
El cambio que se hace al parágrafo III del artículo 54 de la ley, señala que el resultado positivo de la consulta de aprobación del Estatuto Autonómico por normas y procedimientos propios son vinculantes respecto del conjunto de la población residente en el territorio.
CONTROL Y FRACASO
Al respecto, el diputado del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), Miguel Ojopi, advirtió que el Gobierno pretende cerrar el círculo de la centralización del estado, con el fin de controlar los recursos que se deben entregar a los municipios y regiones autonómicas.
A su criterio, esto afectará al desarrollo de los municipios y departamentos, que anteriormente con la aprobación de la Ley de Autonomías y la Ley de Participación Popular obtuvieron varios beneficios.
“Después de que se aprobó la 1551 de participación popular, los municipios se beneficiaron con la construcción de varias escuelas y centros de salud, porque tenían recursos que eran administrados por ellos mismos”, sostuvo el legislador.
Su colega opositor, Amílcar Barral, señaló que estas acciones son una muestra de que el proceso de autonomías en el país fue un fracaso, tomando en cuenta que desde la aprobación de la Constitución Política del Estado (CPE) en el 2009, no se puede aplicar el pacto fiscal, que establece la redistribución de los recursos económicos entre los nueve departamentos del país.
MÁS FACULTADES
Cárdenas señaló que en esta reforma legal se otorgará mayores facultades a las autonomías regionales, para la gestión en temas de salud, educación, e incluso percibir créditos. Al momento, solo existe la autonomía regional del Chaco en Tarija.
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