Caso Alpacoma
> Los cargos contra los magistrados señalan resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado (CPE)
El alcalde La Paz, Luis Revilla, denunció penalmente ante la Asamblea Legislativa Plurinacional a dos magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por la emisión de resoluciones contrarias a la Constitución, según sentencia 0228/2019 que establece indicios de responsabilidad del alcalde Luis Revilla por el deslizamiento del relleno de Alpacoma.
“Hemos presentado ante la Cámara de Diputados una denuncia penal contra los dos magistrados del Tribunal Constitucional por resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes”, informó Revilla en conferencia de prensa al señalar que los magistrados denunciados Gonzalo Hurtado e Yván Espada actuaron contra toda racionalidad jurídica.
“Se trata claramente de un fallo con una intencionalidad política, con una gravísima responsabilidad de parte de los magistrados y razones por las cuales el Gobierno Municipal ha presentado esta denuncia penal que esperemos que en la Cámara de Diputados se le dé la máxima celeridad porque a todas luces se trata de una vergüenza y de una ilegalidad”, subrayó el Alcalde.
La autoridad edil explicó que existe contradicción en dicho fallo al establecer indicios de responsabilidad cuando recién se conocerá los resultados de una auditoría ambiental que impulsa el Ministerio de Medio Ambiente y Aguas que deslindará responsabilidades.
“Miren lo contradictorio del fallo; el fallo dice que ya hay un presunto responsable en el Gobierno Municipal, pero también dice que debe llevarse adelante la auditoría ambiental”, puntualizó.
Explicó que luego de la revisión minuciosa de los alcances de dicho fallo se identificó “con mucha claridad” que los dos magistrados “han cometido la comisión de los dos delitos”.
Explicó que se cometió el delito de incumplimiento de deberes porque los magistrados fundamentaron su fallo con un Decreto Supremo vinculado al Reglamento de Gestión de Residuos que fue abrogado en 2015 que ya no está vigente.
En esa línea, en criterio de la autoridad, no se tomó en cuenta el Decreto Supremo 28592 que indica que las licencias ambientales tienen una validez de 10 años.
“La licencia del relleno sanitario ha sido otorgada el año 2010 y si en virtud de ese decreto que está vigente (28592) tiene una vigencia de 10 años, está claro que la licencia es hasta el 2020. Ni siquiera han mencionado este decreto que está claramente en vigencia desde el año 2006, claramente han fallado estos dos magistrados en contra de la Constitución y en contra de la Ley”, refirió. Según el Alcalde, ambos magistrados señalaron en su fallo como parte de sus argumentos a la Ley 775 de Promoción de Alimentación Saludable que “no tiene nada que ver con cuestiones ambientales”.
“El Tribunal Constitucional, la máxima instancia que tiene que velar por el cumplimiento de la Constitución y las leyes no conoce qué normas están abrogadas, qué normas están en vigencia y ni siquiera conoce las leyes”, reprochó la autoridad edil. Recordó también que uno de los magistrados que falló en su contra, Gonzalo Hurtado, fue implicado entre los vínculos del narcotraficante extraditable Pedro Montenegro.
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