El delegado titular del Movimiento Al Socialismo (MAS), Melvin Siñani, informó que la notificación del Tribunal Supremo Electoral (TSE) sobre las candidaturas a diputados, senadores y representantes supraestatales, que suman 24 deben ser subsanadas, mientras que tres candidatos renunciaron.
“Son otras dos o tres candidatos que han renunciado, han presentado su carta de renuncia original como pide el TSE, fueron renuncias de circunscripciones de algunos departamentos”, declaró el delegado titular del MAS al portal digital Urgentebo.
El TSE observó a los 24 postulantes del partido gubernamental, por no haber cumplido ciertos requisitos, pero que son subsanables, los cuales deben ser solucionados en el lapso de tres días como indica el reglamento de elecciones generales 2019 en el artículo 34.
Se dieron casos como que algunos no presentaron su solvencia fiscal, en especial los que postulan a ser supraestatales, informó, otros tuvieron errores en su declaración jurada, hubo casos en que la fotocopia de carnet no era legible.
De acuerdo al calendario electoral para las elecciones del 20 de octubre, tras la notificación deben corregir las observaciones, en el caso de las renuncias deben ser sustituidos, pero tienen plazo hasta el 5 de septiembre, como es el caso de la directora de gestión social dependiente del ministerio de la Presidencia, Virginia Velasco.
Por otro lado, Siñani explicó que la renuncia de Velasco ya fue procesada por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP). “el caso de la renuncia de la señora Virginia Velasco es oficial, mientras que de los otros postulantes que renunciaron se conocerá en las próximas horas”.
SUSTITUCIÓN
Los candidatos a cargos electivos en octubre próximo pueden ser sustituidos hasta el 5 de septiembre y hasta el 16 de octubre podrá verificarse el cumplimiento de requisitos
Según la secuencia de actividades previstas en el Calendario Electoral para las elecciones generales de octubre 2019, el primer momento de sustitución de candidatos será el 5 de septiembre dentro del marco de las causales de inelegibilidad e incompatibilidad, como indica la Constitución Política del Estado (CPE) tanto en el artículo 238 como en el 239.
El segundo momento será hasta el 16 de octubre, la sustitución por causa de inhabilitación hechos sobrevinientes (circunstancias imprevistas) comprobadas, fallecimientos, impedimento permanente o incapacidad total, esto lo deben hacer ante el TSE o Tribunales Electorales Departamentales (TED), fundamentados en la Ley 026 de Régimen Electoral artículo 108, numerales 1 y 3 más el artículo 209 de la misma norma.
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