> La investigación se inició con la denuncia de la desaparición de la pareja, quiénes salieron de su domicilio rumbo a la discoteca Planta Baja, para festejar el año nuevo de 2018 y a partir de ese día no se conocía su paradero
Tras un año y ocho meses, el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer determinó anoche sentenciar a 30 años de cárcel sin derecho a indulto para cinco acusados por el asesinato de Carla Bellot y de su novio Jesús Cañisaire, quienes fueron brutalmente asesinados en Año Nuevo de 2018.
Eliot, Israel, Mikaela León Fernández; Renzo Cáceres y Estefani Guizada fueron condenados a 30 años de prisión por los delitos de asesinato, feminicidio y violación, según establece la sentencia.
"El Tribunal de Sentencia ha definido condenar con 30 años sin derecho a indulto en contra de Eliot e Israel León Fernández por los delitos de feminicidio, asesinato y violación.
También ha definido el Tribunal sentenciar a 30 años sin derecho a indulto a Mikaela León Fernández y Renzo Huáscar Cáceres por los delitos de feminicidio y asesinato y complicidad por el delito de violación", informó la fiscal Evelyn Calderón.
Estefani Guizada fue procesada por los delitos de asesinato, feminicidio y complicidad de violación.
CÓMPLICES
Por otra parte, la sentencia también establece que Priscila Choque, pareja de Eliot, deberá cumplir la pena de dos años de cárcel por el delito de encubrimiento, por ayudar a escapar a su pareja a Brasil después de haber cometido el crimen y no denunciarlo ante las autoridades competentes.
Asimismo, se determinó la sentencia de dos años de cárcel para Jhonny Desiderio Siñani por el delito de receptación, toda vez que compró el celular de una de las víctimas sin haberse cerciorado que el aparato no era fruto de un ilícito.
Los varones sentenciados deberán cumplir su sentencia en los penales de Chonchocoro y San Pedro, mientras que las mujeres en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes.
La investigación se inicia con la denuncia de la desaparición de la pareja, quiénes salieron de su domicilio rumbo a la discoteca Planta Baja, para festejar el año nuevo de 2018 y a partir de ese día no se conocía su paradero y tiempo después fueron encontrados en yutes al fondo de un enlosetado de un río cerca a la casa de los ahora sentenciados.
El Ministerio Público, sustentó la acusación y presentó como pruebas las pericias de luminiscencia, planimetría y genéticas, entre otras. Estas pruebas fueron encontradas y recolectadas en el domicilio de los autores en la Zona San José de la ciudad de La Paz.
A través de estas pruebas, basadas en manchas hemáticas de sangre pertenecientes a Jesús y Carla, confirmaron que las víctimas estuvieron en el domicilio de los autores antes de su muerte y que fueron asesinados en ese lugar. Además las pruebas genéticas determinaron la existencia PSA que muestra científicamente que Eliot e Israel agredieron sexualmente a Carla.
Por su parte, Alex P. Q. y Carla P. M. fueron absueltos por el delito de Encubrimiento al igual que Agustín C. P. por el delito de receptación, al no existir indicios suficientes que demuestren su culpabilidad.
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