De padres venezolanos nacidos en este país
El presidente Iván Duque promulgó la Ley 1997 que permite otorgar la nacionalidad colombiana a los hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia en los últimos cuatro años, desde que se exacerbó la crisis migratoria, producto de la compleja situación política y social que vive el vecino país.
La Ley, que fue promovida por la Defensoría del Pueblo y aprobada por el Congreso el pasado 27 de agosto, solo le restaba la firma de Duque para entrar en vigencia.
Se prevé que esta norma beneficiará a cerca de 25.000 menores nacidos en Colombia y sus efectos irán hasta dos años después de la firma, con la posibilidad de ser prorrogada si continúa la crisis de migrantes.
"Excepcionalmente se presumirá la residencia y ánimo de permanencia en Colombia de las personas venezolanas en situación migratoria regular o irregular, o solicitantes de refugio, cuyos hijos e hijas hayan nacido en territorio colombiano desde el 10 de enero de 2015 y hasta 2 años después de la promulgación de esta ley", dice textualmente la norma.
Con el otorgamiento de la nacionalidad, estos niños podrán acceder además a la oferta de servicios sociales del Estado colombiano, como la garantía de sus derechos en educación y salud.
Aparte de la Ley, Duque también había expedido un decreto presidencial el pasado 3 de agosto que faculta a la Registraduría nacionalizar al niño de padres venezolanos nacidos en Colombia en un término de seis meses desde su nacimiento.
La diferencia con esta Ley es que la nacionalidad se le otorga al niño en el momento de su nacimiento. No obstante, esta norma no cobija a los padres de dichos niños.
Para acceder al beneficio de la nacionalidad, la nueva Ley señala unos requisitos, como por ejemplo comprobar que los hijos nacieron en territorio colombiano desde el 10 de enero de 2015 y hasta por dos años después de la entrada en vigencia de la norma.
También se debe probar que los menores son hijos de venezolanos, por lo que sus padres deben presentar al momento del registro la cédula de extranjería vigente, el pasaporte venezolano vigente o vencido, la cédula de identidad expedida por Venezuela y el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.
Por último, ninguno de los padres puede tener otra nacionalidad distinta a la venezolana que le pueda transmitir al menor para que este pueda ser cobijado por los beneficios de la nueva Ley.
De acuerdo con las cifras de Migración Colombia y la Defensoría del Pueblo, desde que empezó la crisis migratoria en Venezuela, Colombia ha recibido cerca de 1.400.000 personas. (Infobae)
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