A menos de dos semanas del 20
Las legisladoras Norma Piérola (PDC) y Carmen Eva Gonzales (UD), por separado, presentaron dos solicitudes ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para que este órgano inhabilite al candidato Evo Morales de la carrera electoral que culmina en menos de dos semanas con la jornada de votación. Los argumentos del pedido son que Morales manipuló los órganos Legislativo y Judicial para habilitarse por tercera vez como candidato y además que no respeta la Constitución Política boliviana ni el resultado de un referéndum constitucional del 21F.
Por un lado, Carmen Eva Gonzales presentó ante el TSE una demanda de inhabilitación de los candidatos del MAS Juan Evo Morales Aima y Álvaro Marcelo García Linera por efecto del Art. 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el resultado del referendo del 21 de febrero de 2016.
El documento fue presentado el 4 de octubre a horas 11:24 en las oficinas del TSE en La Paz, cumplimiento del artículo 209 de la Ley 026 de Régimen Electoral, que dispone que las demandas de inhabilitación, deben ser presentadas 15 días antes de la elección.
La senadora fundamenta que el artículo 168 establece que el período de mandato es de cinco años y pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua y que el mismo fue ratificado por el referendo del 21 de febrero de 2016, cuando se le negó a Evo y Álvaro una nueva reelección.
Recuerda que Evo y Álvaro ya cumplieron el segundo mandato para las elecciones de 2009 y que en flagrante violación a la CPE, fueron habilitados para ese año y luego los volvieron rehabilitar para el 2014 y tras la derrota en el 21F del 2016, el MAS acudió al Tribunal Constitucional Plurinacional donde los magistrados “en clara incompetencia y usurpación de funciones, emitieron una sentencia” que habilita al binomio oficialista.
Gonzales explica el TCP emitió una sentencia interpretando que dentro los derechos políticos se encuentran los derechos humanos a ser elegido, una visión que “peca de parcializada y poco objetiva porque del artículo 196 de la CPE dice que en ‘la función interpretativa de la Constitución, el TCP debe aplicar como criterio de interpretación, con preferencia, la voluntad del constituyente de acuerdo con sus documentos, actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto’”.
Asegura que no cabía ninguna posibilidad a interpretar el Art. 168. “No hay nada que dilucidar, es claro, tajante, explícito y completo el mandato y no admite equivocaciones”.
En tanto, la diputada Norma Piérola, el viernes 4 de octubre, presentó también un recurso ante el TSE para que la entidad inhabilite a Evo Morales como candidato a la presidencia argumentando que el Presidente y candidato incumplió varias normas electorales y de la Constitución Política, hizo un “uso abusivo del poder” para forzar su habilitación para lo cual utilizó a legisladores del MAS, a magistrados del Tribunal Constitucional que emitieron la sentencia que lo habilitó como candidato y desconoció el artículo 168 de la Constitución.
Cuando emitieron el fallo a su favor y concluyó el mandato de los funcionarios del TCP, Piérola dijo que Morales los premió con cargos diplomáticos en el exterior como una forma de reconocimiento a su labor.
Tal es el caso de los exmagistrados Ruddy Flores, quien en una primera instancia trabajó en la Cancillería y ahora ejerce un cargo diplomático fuera del país.
Otro caso es el del ex magistrado Macario Lahor, designado director del INRA, ahora tiene un alto cargo en el Ministerio de Trabajo. Mientras que Neldy Andrade es funcionaria de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa de Minería.
Según el artículo 211 de la Ley 026 el TSE tiene que responder a la demanda en 72 horas después de que ésta fue presentada. Es decir, la respuesta debería emitirse hoy.
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