Publicidad

    


Vicepresidenta de Venezuela

Sanciones de UE impiden “entrada y tránsito” de Rodríguez en España

> La UE deja en manos de los países el control y verificación de que se cumplen las sanciones

Bruselas.- El régimen de sanciones diseñado por la Unión Europea para castigar a altos cargos del régimen venezolano de Nicolás Maduro incluye la prohibición de "entrada" y de "tránsito" de las 25 personas inscritas en la lista de sancionados por su complicidad con la represión, incluida la vicepresidenta que hizo escala el pasado lunes en el aeropuerto de Madrid Barajas, Delcy Rodríguez.

Así consta en la decisión marco que los Veintiocho adoptaron en noviembre de 2017 para establecer el marco jurídico que permitiera imponer medidas restrictivas a altos cargos de Maduro por participar en la represión interna e incurrir en violaciones de los Derechos Humanos.

En concreto, las sanciones imponen la congelación de activos a nombre de estas personas en entidades europeas y también la prohibición de entrada y tránsito por territorio de la Unión Europea por su relación con abusos en Venezuela contra la democracia.

Con esta decisión la UE pudo ir añadiendo más adelante nombres a una lista de sancionados en la que está Rodríguez desde junio de 2018 y que en la actualidad suma 25 individuos a los que el bloque considera responsables de "graves violaciones de los Derechos Humanos y de abusos y represión contra la sociedad civil y la oposición política".

También hay entre los sancionados altos cargos a los que la UE vincula con "actuaciones o políticas pensadas para menoscabar la democracia o el Estado de derecho".

Por todo ello, la decisión marco establece en el capítulo de restricciones a la admisión de personas que los Estados miembro "adoptarán las medidas necesarias para impedir que entren en su territorio o transiten" los individuos señalados en la lista de sancionados.

Con todo, las reglas prevén una serie de excepciones como que un Estado miembro no está obligado a denegar la entrada de un sancionado si es uno de sus nacionales o si, por ejemplo, es país anfitrión de una conferencia internacional auspiciada por Naciones Unidas o actúa en virtud de un acuerdo multilateral que confiera privilegios e inmunidades.

En cualquier caso, las reglas comunes advierten de que se deberá informar al Consejo "en todos los casos en que un Estado miembro conceda una exención de conformidad" a los supuestos previstos en este marco.

El Estado miembro también tendría que informar "por escrito" a sus socios en la UE si quisiera conceder a uno de los sancionados una exención "por razones humanitarias urgentes" o por la asistencia a reuniones de la UE o de la OSCE para un diálogo político que fomente directamente la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de derecho en Venezuela. La autorización de entrada por exención, en todo caso, estaría "limitada al objeto para el cual fue concedida y a las personas a las que se refiera".

"Si ha habido violación, la que sea, le corresponde a los Estados miembros evaluarlo. Por nuestra parte nos quedamos ahí", ha indicado en una rueda de prensa en Bruselas una portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior. (Europa Press)

 
Revistas
Publicidad