Golpeó al padre y agredió al hijo
> Viceministro de Descolonización presentó una denuncia por racismo y discriminación en contra de farmacéutico que golpeó a un padre de familia y empujó a su hijo
El Viceministerio de Descolonización y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del municipio paceño se suman a la denuncia contra el sujeto que agredió a un menor y golpeó a su padre, en una farmacia de la zona Miraflores de la ciudad de La Paz.
La directora de la Defensoría Municipal, Jacqueline Llanos, en contacto con EL DIARIO, informó que esta instancia se apersonará hoy a la audiencia de medidas cautelares del farmacéutico, en representación del menor que sufrió la agresión.
“Se ha hecho la evaluación psicológica, la revisión médica y tenemos conocimiento de que existe un informe médico forense del menor, con dos días de impedimento. Esa documentación ha sido puesta en conocimiento del fiscal y estamos a la espera de la audiencia de medidas cautelares que será mañana (hoy) a las 9.00”, dijo.
LEY
El artículo 188 de la Ley 548, Código Niña, Niño y Adolescente faculta a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (Gamlp), apersonarse de oficio e intervenir en defensa de un menor, ante instancias administrativas o judiciales, cuando los derechos de estos se encuentran vulnerados, como en el caso del menor que fue agredido por un sujeto, en una farmacia de la zona Miraflores de la urbe paceña, según abogados consultados por EL DIARIO.
La abogada Paola Barriga manifestó que los niños y mujeres se consideran en estado de vulnerabilidad flagrante, por lo que existen normativas que los resguardan y en el caso del farmacéutico que agredió a un menor, existe un concurso de delitos que van desde maltrato, violencia, vulnerabilidad en la que se encontraba y otros.
El abogado Eusebio Vera refirió que todos los derechos de los menores están resguardados por la Ley 548, Código Niña, Niño y Adolescente, además de la Constitución Política del Estado (CPE) en el artículo 58 y siguientes, que establece una protección integral hacia el niño. “Se debe reconocer el desarrollo, el ejercicio de los derechos de la Niña, Niño y Adolescente mediante la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles, que incluyen a sus autoridades, la sociedad y la familia”, aclaró.
En ese marco dijo que el Código Niña, Niño y Adolescente trata de garantizar el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos para su desarrollo integral y también exigir el cumplimiento de sus deberes.
“En ningún caso, y eso lo determina el artículo 4 de la Ley 548, se debe ni se puede restringir los derechos de los niñas, niños y adolescentes, bajo ningún argumento. Incluso la Ley 548 establece el interés superior cuando está en juego algún derecho que exista entre una persona mayor y un niño, debe prevalecer los derechos de la Niña, Niño y Adolescente”, refirió.
Recordó que los menores tienen una atención y protección de manera preferencial porque se debe evitar, en toda situación, la vulnerabilidad de estos seres humanos que por su corta edad están expuestos.
Aclaró que la tuición, a nivel nacional, de ejercer estos derechos de garantías de los niños, por ser de carácter público, es el Ministerio de Justicia y Transparencia, porque la misma Ley 548 crea y establece el Sistema Plurinacional e Integral de la Nina, Niño y Adolescente.
Aclaró que este sistema está compuesto por varias autoridades nacionales departamentales e incluso municipales.
“Cuando se viola algún derecho constitucional de algún menor, el ente que tiene tuición para denunciar y activar de manera obligatoria es el Ministerio de Justicia, por cualquier garantía que se haya menoscabado o atacado en relación a una Niña, Niño y Adolescente”, apuntó.
Asimismo, recordó que una de las atribuciones de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia de los municipios son las de interponer demandas, solicitudes, denuncias y recursos ante las autoridades competentes por conductas y hechos de violencia, infracciones, o delitos cometidos en contra de la niña, niño o adolescente.
“La Defensoría debe apersonarse de oficio e intervenir en defensa de la niña, niño o adolescente ante las instancias administrativas o judiciales, por cualquier causa o motivo y en cualquier estado de la causa, sin necesidad de mandato expreso. Debe remitir a conocimiento de la autoridad judicial, los casos que no son de su competencia o han dejado de serlo. Asimismo, deben denunciar ante las autoridades competentes los casos en que no se otorgue prioridad en la atención a la niña, niño o adolescente e interponer de oficio acciones de defensa y otras acciones legales y administrativas necesarias para la restitución de derechos de la niña, niño o adolescente”, puntualizó.
DISCRIMINACIÓN
La mañana de ayer, el viceministro de Descolonización, Máximo Gallego, presentó una denuncia ante el Ministerio Público, por racismo y discriminación en contra del farmacéutico, que el miércoles pasado, golpeó a un padre de familia y agredió a su hijo, luego de que se habría negado a venderles un barbijo.
IMPUTACIÓN
El coordinador de la Fiscalía Departamental de La Paz, Sergio Bustillos, informó ayer que Raúl G.Z.T., fue imputado por el presunto delito de lesiones graves y leves, por haber agredido físicamente a Juan F.M. Imágenes de un video, que circuló en redes sociales, muestran el momento de la agresión física a la víctima que se encontraba al interior de la farmacia con su hijo, al que también lo empuja. A través de las imágenes, se evidencia agresiones verbales al momento de intentar desalojarlo del negocio al momento de negarse a venderle el artículo requerido por la población ante la alerta vigente en el país por el coronavirus.
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