Viceministro de Seguridad Ciudadana
 Defensoría del Pueblo presentó una acción de libertad solicitando el traslado de más de 400 personas que se encuentran en diferentes regiones del país, las cuales no pudieron retornar a sus hogares
La fundamentación de la acción de libertad que presentó la Defensoría del Pueblo donde solicita el retorno de algunos bolivianos a sus hogares, falta a la verdad, y el fallo judicial emitido por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que supone la movilización de personas, pondría en riesgo la salud pública de otras, cuestionó este sábado el viceministro de Seguridad Ciudadana Wilson Santamaría.
“No comprendemos una decisión de esta magnitud que claramente tiene otra intencionalidad, que parece mucho más política, en el entendido que no se puede autorizar, en las condiciones actuales, la movilización de personas que pueden poner en riesgo la salud pública de otras, y que por esa razón debe permanecer en el lugar donde la medida, a estas alturas, los hubiera retenido”, dijo.
Santamaría recordó que el artículo 13 del Decreto Supremo 4199 ha considerado los casos fortuitos y de emergencia de personas que por razones de salud o alguna contingencia emergente de las circunstancias, tenga que movilizarse.
“Los decretos han contemplado un tiempo, corto, pero han considerado para que los ciudadanos puedan retornar a lo que se podría denominar su lugar de origen”, aclaró.
Por otro lado, Santamaría cuestionó la fundamentación del memorial presentado por la Defensoría del Pueblo porque no proporciona datos fundamentales y está basada en “supuestas” cartas que habrían llegado a esa cartera de Estado, aunque ninguna dependencia del Ministerio de Gobierno recibió comunicación respecto a la situación de esos ciudadanos, develando una falta de coordinación.
“La Defensoría del Pueblo falta a la verdad, el memorial presentado con un listado de alrededor de 470 personas no establece la ubicación de esos ciudadanos que supuestamente hubieran sido perjudicados”, cuestionó.
Por otro lado, aclaró que el fallo judicial establece el traslado de ciudadanos que se quedaron varados en regiones distintas a su lugar de origen dentro del país, mas no se refiere a los ciudadanos que se encuentran en frontera.
“La acción presentada por la Defensoría del Pueblo versa sobre ciudadanos que se hubieran quedado dentro del país, de gente que no hubiera podido retornar de Sucre a La paz, de Cochabamba a Potosí, del Beni a Santa Cruz, no se refiere en ninguna de sus partes a la situación en frontera”, aclaró.
FALLO
Un fallo de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que se conoció la mañana de este sábado, en respuesta a una acción de libertad presentada por la Defensoría del Pueblo, dispone que las personas que se encuentran en tránsito en distintos puntos del país como efecto de la declaratoria de la cuarentena ante la emergencia sanitaria por el coronavirus podrán retornar a sus hogares, por razones de urgencia y pertinencia.
El fallo concedido, ordenó, que “de forma inmediata el nivel central del Estado, representado por el Órgano Ejecutivo, coordine proveyendo el despacho y la recepción de las personas que se encuentran en tránsito por las distintas razones que sean, a su lugar de origen”.
La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, dijo que en el grupo de los beneficiarios de la acción se encontrarían personas con cáncer, menores de edad y personas cuyos recursos y seguridad estaban en incertidumbre al no poder cumplir la cuarentena en sus hogares.