Doctrinalmente la militarización se la puede entender de diversas maneras; sin embargo, en esta situación de emergencia sanitaria, se presume que la militarización de un departamento o de una determinada región se impone ante la desobediencia civil a las disposiciones legales emitidas por las autoridades locales y nacionales, quienes habrían sido rebasadas o insuficientes, por tanto, se ordena la restauración de la ley al estamento militar.
Estamos convencidos de la enorme importancia del empleo de las FFAA en situaciones de amenazas, y de la confianza extraordinaria que tiene la sociedad en ellas; siendo vital que el poder político se autolimite para no debilitar el poder por haber abusado de él; es decir, que debe hacer uso de la ley para el empleo de los medios y recursos del Estado, por respeto a la sociedad y por el respeto que las FFAA merecen; La clave es asociar la decisión a tomar, con aquel que habrá de ejecutarla, en relación con la ley.
Intentando homologar el contenido y el fin de los conceptos “militarización y estado de excepción”, cabe aclarar que en nuestro ordenamiento legal no existe la figura de la “Militarización”, menos en democracia, sin embargo la CPE le faculta al gobernante declarar un “Estado de Excepción”, en todo o parte del territorio nacional, sin suspender las garantías de los derechos ni los derechos fundamentales. En este caso, esta figura jurídica tiene una aplicación pertinente y oportuna, sin discusión alguna, porque los ciudadanos irresponsables y los grupos sediciosos deben ser drásticamente controlados y neutralizados, para evitar que lleven a cabo sus tareas sediciosas solapadas, particularmente con este último grupo.
El gobierno actual, bajo los argumentos de seguridad, defensa, protección y solidaridad con la sociedad, tiene potestad para emplear todos los recursos y medios que la ley fundamental y las leyes del estado le facultan, situación muy clara para esta crisis considerando lo siguiente: Primero: La presencia militar en cualquier parte del territorio nacional no es Militarización, (según las leyes del Estado) a cambio podrían aplicar un “estado de excepción”, si las autoridades civiles hubieran sido rebasadas o insuficientes. Segundo: si las autoridades definen ampliar más facultades para los militares, deben hacerlo dentro del marco de la CPE y las leyes, para no perder legitimidad en sus decisiones.
Tercero: El empleo más riguroso de la fuerza militar se debe realizar ampliando el contenido de las normas y no así ampliando atribuciones sin normas.
La sociedad boliviana, es optimista con cualquier decisión que tome el gobierno de la presidenta Jeanine Áñez, principalmente para desarticular a los grupos sediciosos o radicales, altamente intolerantes y peligrosos que ponen en riesgo la salud y la vida de todos los bolivianos
El autor es abogado, Cnel. (SP), profesor universitario.
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